ORDEN 81/1999, de 25 de enero, del Consejero de Hacienda, por la que se modifica la Orden 2106/1997, de 26 de septiembre, por la que se desarrolla el Decreto 113/1997, de 18 de septiembre.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Mediante Orden 2106/1997, de 10 de julio, se estableció, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda en los niveles inferiores a Servicio, la cual ha sido modificada posteriormente en virtud de la Orden 1838/1998, de 10 de julio.

El artículo 5 de la referida Orden incluye, en su apartado 2.2, entre las unidades administrativas adscritas al Servicio de Análisis Económico y Gestión Presupuestaria, la Sección de Coordinación de Nóminas, de la que a su vez dependen los Negociados de Coordinación de habilitaciones de Personal, de Tramitación y habilitaciones de Clases Pasivas, y de Explotación de Datos.

Ahora bien, la inclusión en sucesivas convocatorias de cursos selectivos como parte integrante de los procesos de acceso a la función pública autonómica hace preciso contar con un puesto de trabajo que actúe como habilitación para el abono de las retribuciones que les corresponden a los funcionarios en prácticas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, necesidad ésta que se ve reforzada por la conveniencia de que asimismo sirva de apoyo en las labores de coordinación de nóminas que la Orden 2086/1997, de 23 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, atribuye a la Dirección General de Función Pública a fin de mejorar la eficacia en dicha función.

En consecuencia, procede sustituir el Negociado de Explotación de Datos, que con su actual configuración no es la unidad idónea para el desarrollo de las nuevas funciones expresadas, por un Negociado de Tramitación y habilitación de costes de personal, el cual asumirá tanto las actuaciones descritas como, en su caso, las de mecanización, comprobación y control que venía desarrollando el Negociado cuya sustitución se pretende.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 48.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y por la Disposición Final Primera del Decreto 126/1998, de 2 de julio, por el que se aprueban las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, y previos los informes preceptivos.

DISPONGO

Artículo Unico

Modificación del artículo 5 de la Orden 2106/1997,

de 26 de septiembre

Se modifica el apartado 2.2...

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