Orden 4929/2008, de 23 de octubre, de la Consejera de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la adjudicación de la subvención a una de las universidades madrileñas que se encargará de la gestión de las Becas Goya Mundus y se convocan las correspondientes al curso 2008-2009.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La mejora de las enseñanzas universitarias y el desarrollo de una educación de calidad son fundamentales para la Consejería de Educación, desde que la Comunidad de Madrid asumió las competencias en enseñanzas universitarias en junio de 1995.

El desarrollo de la dimensión internacional de los estudios universitarios constituye un importante factor en la mejora cualitativa de la enseñanza universitaria.

La Comunidad de Madrid viene fomentando desde hace seis años proyectos Goya-Leonardo, en los que los alumnos de las universidades madrileñas puedan realizar prácticas en Europa.

Con el objeto de ampliar y completar la oferta de movilidad para los estudiantes de las universidades madrileñas, la Comunidad de Madrid considera oportuno impulsar un nuevo marco que permita ampliar esta experiencia a otros entornos geográficos altamente competitivos. Así surge el nuevo programa de Becas Goya Mundus que amplía el ámbito geográfico, además de Europa, a Asia y Estados Unidos.

Por cuanto antecede, y de conformidad con lo previsto en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, y demás normativa vigente,

DISPONGO

Capítulo I Artículos 1 a 8

Bases reguladoras

Artículo 1

Objeto

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la formación complementaria de los estudiantes de las universidades de Madrid, mediante la realización de prácticas formativas en empresas e instituciones de Europa, Estados Unidos y Asia. Dichas prácticas deben realizarse con las necesarias garantías de calidad y competencia que les capaciten tanto para complementar con solvencia el período de su formación universitaria, como para incorporarse con plenas garantías al ámbito laboral. El propósito de estas bases reguladoras es la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de una subvención destinada a la financiación de un programa que permita la realización de prácticas formativas en empresas e instituciones europeas, de Estados Unidos y Asia a estudiantes de todas las universidades madrileñas.

Artículo 2

Requisitos de los beneficiarios

Podrán acogerse a la ayuda prevista en esta convocatoria las universidades madrileñas, que deberán acreditar experiencia previa en la gestión administrativa y económica de programas de becas de movilidad, así como de actuaciones "on-line", capacidad de tutoría y seguimiento de las estancias en prácticas empresariales y de su evaluación, así como aportar referencias documentales de los imprescindibles contactos con las empresas e instituciones de acogida de los estudiantes en prácticas.

Asimismo, las universidades que se presenten a esta convocatoria deberán acreditar una bolsa de empresas e instituciones de cada uno de los países a que hacen referencia estas bases reguladoras.

En el caso de las universidades privadas la persona que solicite la subvención en nombre de la universidad debe acreditar poder de la representación legal de la universidad bastanteado por los letrados de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Características y cuantía de la ayuda

El programa de movilidad para el que se solicita financiación deberá reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener por objeto la movilidad de estudiantes matriculados en cualquiera de los dos últimos cursos en universidades madrileñas, públicas y privadas, mediante estancias de formación en empresas. Asimismo, podrán participar en el programa los estudiantes que lleven a cabo un proyecto de fin de carrera establecido en planes de estudios universitarios oficialmente reconocidos.

  2. La financiación de la ayuda a que hacen referencia estas bases reguladoras se imputará con cargo a la partida presupuestaria 45200, del programa 518, de los vigentes Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, artículo 23.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La cuantía máxima de la subvención será de 344.472,04 euros.

La vigencia del programa será de un año, prorrogable por otros dos, siempre y cuando exista crédito presupuestario adecuado.

Artículo 4

Formalización y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes, dirigidas a la señora Consejera de Educación (Dirección General de Universidades e Investigación), se presentarán en el impreso de solicitud según el modelo adjunto (Anexo I), preferentemente, en el Registro de la Consejería de Educación (Gran Vía, número 10). No obstante, también podrán presentarse en cualquier otro registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de Ayuntamientos adheridos al "Convenio Marco Ventanilla Única", y en las oficinas de Correos y en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.

El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la convocatoria.

Para la formalización de las solicitudes se requerirán los siguientes documentos:

  1. Memoria justificativa en la que deberá constar:

    1.1. Descripción detallada del programa de trabajo que garantice la organización de las estancias, con una duración media de tres meses, incluyendo los siguientes aspectos:

    - Sistema de difusión del programa que garantice la igualdad de oportunidades en el acceso a las ayudas, así como la igualdad de condiciones para todos los beneficiarios.

    - Procedimiento de captación de beneficiarios y de selección de los candidatos.

    - Procedimiento de búsqueda, selección y control de la calidad de las empresas colaboradoras.

    - Mecanismos rigurosos de tutoría, evaluación y seguimiento de las estancias.

    - Medios técnicos puestos a disposición del programa que garanticen una gestión eficaz del mismo.

    -...

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