ORDEN 2010/2009, de 30 de abril, por la que se concede una beca de formación en documentación educativa.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Por Orden 3760/2005, de 20 de julio, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de agosto de 2005), se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de formación en documentación educativa.

Mediante Orden 5855/2008, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2009) se convoca una beca de formación en documentación educativa.

Vista las actas de la Comisión de Selección, reunida en Madrid, los días 24 de febrero y 17 de marzo de 2009,

DISPONGO

Primero

Conceder una beca de formación en documentación educativa al siguiente beneficiario:

El presupuesto asignado para financiar la beca es de 46.800 euros por las cuantías que se especifican, pormenorizadamente, con cargo a la partida 48290, del programa 509, según la siguiente distribución plurianual:

- Ejercicio económico 2010: 11.400 euros.

- Ejercicio económico 2011: 12.000 euros.

- Ejercicio económico 2012: 12.600 euros.

La asignación económica para 2009 será la parte proporcional que corresponda desde la fecha de incorporación efectiva del becario hasta el 31 de diciembre de 2009, con el límite de 10.800 euros.

Segundo

El pago de la beca se hará efectivo por certificaciones mensuales, previa certificación del Director General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, de conformidad con la calidad de las tareas realizadas.

La dotación económica de cada beca será abonable por certificaciones mensuales, aplicándose a esa cantidad las retenciones que legalmente procedan, según la relación que a continuación se detalla:

- Ejercicio económico 2009: 900 euros.

- Ejercicio económico 2010: 950 euros.

- Ejercicio económico 2011: 1.000 euros.

- Ejercicio económico 2012: 1.050 euros.

En el caso de que la incorporación del becario se produzca iniciado el mes, el importe mensual se prorrateará desde el día de la incorporación efectiva del becario hasta el último día del mes.

Tercero

Si durante el período de vigencia de la beca se produjese alguna baja, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que hubieran obtenido la máxima puntuación, según listado de suplentes que a continuación se relaciona:

Cuarto

Excluir las siguientes solicitudes, por los motivos que a continuación se detallan:

Quinto

El disfrute de la beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda, financiada con fondos públicos, así como...

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