DECRETO 127/2005, de 15 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la composición del Observatorio Regional de la Violencia de Género.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Justicia e Interior
Rango de LeyDecreto

DECRETO 127/2005, de 15 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la composición del Observatorio Regional de la Violencia de Género.

El Decreto 256/2003, de 27 de noviembre, creó el Observatorio Regional de la Violencia de Género con la finalidad de llevar a cabo un seguimiento permanente de cuantas acciones se realicen en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid encaminadas a este fin, así como para servir de órgano de estudio, propuesta e informe de dichos programas y de nuevas iniciativas tendentes a la erradicación de este tipo de violencia.

Según el artículo 4 del citado Decreto, dicho Observatorio se integra por un Presidente, un Vicepresidente, los Vocales y un Secretario, correspondiendo la presidencia al Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia e Interior; la Vicepresidencia, al titular de la Consejería que tenga encomendadas las competencias en materia de mujer, y la Secretaría, al titular de la Dirección General de la Mujer.

Posteriormente, el Decreto 12/2004, de 5 de febrero, modificó el apartado 4, letra a), del precepto referido, previendo que tendrían la condición de vocales los titulares de cada una de las siguientes Consejerías: Hacienda, Educación, Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Sanidad y Consumo, y Familia y Asuntos Sociales.

Por otro lado, con el fin de coordinar la ejecución de todas las políticas regionales tendentes al apoyo e integración de la inmigración, el Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante Decreto 85/2005, de 15 de septiembre, estableció las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración, con la creación de la Consejería de Inmigración.

En este sentido, dado que a la Consejería de Inmigración le corresponde la coordinación de todas las políticas sectoriales de la Comunidad de Madrid dirigidas al apoyo e integración de la población inmigrante, así como la creación y desarrollo de programas específicos que tengan por objeto la consecución de los fines anteriores, en cuanto la violencia de género pudiera afectar a las mujeres inmigrantes, se considera necesario modificar la composición del Observatorio Regional de la Violencia de Género, de forma que el titular de la mencionada Consejería forme parte, como vocal, del Observatorio.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su sesión...

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