DECRETO 170/2002, de 24 de octubre, por el que se crea el Comité del Deporte Universitario de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española, en su artículo 43.3, establece que los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte. A su vez, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, al determinar la plenitud de la función legislativa en una serie de materias, incluye en su artículo 26.1.22 la promoción del deporte y del ocio.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 2.5, al establecer los términos en los que las universidades desarrollan sus funciones en régimen de autonomía y coordinación asigna a cada Comunidad Autónoma las tareas de coordinación de las universidades de su competencia.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid es la competente tanto en materia universitaria, a través de la Dirección General de Universidades, como en la deportiva, a través de la Dirección General de Deportes, tal y como prevé el Decreto 75/2002, de 9 de mayo, por el que se establecen las competencias y estructura de la Consejería de Educación. Con el fin de coordinar ambos Centros Directivos en todo lo relativo al deporte universitario resulta precisa la creación de un órgano conjunto de carácter consultivo y de asesoramiento que canalice las iniciativas de la comunidad universitaria en materia deportiva, coordinando aquéllas de carácter interuniversitario y propiciando las acciones que ambas Direcciones Generales emprendan, así como garantizar la participación y consenso de todas y cada una de las universidades radicadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Por todo ello, a propuesta de la Consejería de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su reunión del día 24 de octubre de 2002

DISPONGO

Artículo 1

Creación

Se crea el Comité del Deporte Universitario de la Comunidad de Madrid, órgano consultivo y de asesoramiento de la Consejería de Educación en materia de actividades físico-deportivas en el ámbito universitario.

Artículo 2

Funciones

Son funciones del Comité del Deporte Universitario de la Comunidad de Madrid:

  1. La formulación de directrices y propuestas de carácter general en materia de deporte universitario, así como el establecimiento de programas de promoción del mismo.

  2. El asesoramiento, la coordinación y el seguimiento de las prácticas deportivas interuniversitarias.

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