Colmenar Viejo. Urbanismo. Delimitación redes públicas del PGOU Sector 10 Castillejos

SecciónAdministración Local y Ayuntamientos
MARTES 19 DE JULIO DE 2011Pág. 136 B.O.C.M. Núm. 169
BOCM-20110719-47
http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47 COLMENAR VIEJO
URBANISMO
El Pleno Municipal en sesión celebrada el día 28 de abril de 2011, adoptó el siguiente
acuerdo:
1.oAprobar inicialmente el expediente de Modificación del Documento de delimita-
ción de Redes Públicas del Plan General de Ordenación Urbana en el Sector 10 de Castille-
jos, promovido por la Junta de Compensación constituida para el desarrollo de dicho sec-
tor, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 9/2001, del Suelo de la
Comunidad de Madrid, así como el Convenio Urbanístico presentado para la monetización
de deberes legales de cesión en el Sector, en virtud de lo dispuesto en el artículo 246 de la
misma Ley, que incluye, como anexo, la valoración pertinente practicada por los servicios
técnicos municipales en cumplimiento del apartado 4 de dicho artículo.
2.oSu sometimiento a período de información pública por plazo de veinte días, me-
diante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,en
diario de difusión nacional y tablón de edictos, con notificación a los propietarios de suelo
incluido en el ámbito, para que en el citado plazo puedan presentarse alegaciones al mismo
Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan exa-
minar el expediente durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayun-
tamiento, calle Carlos Aragón Cancela, número 5, primera planta, en las mañanas de los
días hábiles (excepto sábados) a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que
habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida
por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-
cedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones es-
timen pertinentes en defensa de sus derechos.
Colmenar Viejo, a 30 de mayo de 2011.—El alcalde, José María de Federico Corral.
(02/5.872/11)

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