ORDEN 259/2006, de 20 de enero, del Consejero de Educación, por la que se resuelve la convocatoria para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid, en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés a partir del curso 2006-2007.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 259/2006, de 20 de enero, del Consejero de Educación, por la que se resuelve la convocatoria para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid, en los que se llevará a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés a partir del curso 2006-2007.
La Orden 5959/2005, de 14 de noviembre, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, para la selección de colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, en los que se llevará
a cabo la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés a partir del curso 2006-2007, establece en su artículo 4, apartado 1, los criterios a tener en cuenta para la selección de dichos centros.
La Comisión de Selección, a la que se refiere el artículo 4, en su apartado 2, ha valorado las solicitudes y la documentación presentadas por los colegios públicos de la región y ha elaborado la propuesta relativa a la selección de los centros en los que se iniciará la implantación de la enseñanza bilingüe español-inglés a partir del curso 2006-2007, en los términos previstos en la citada Orden.
A la vista de ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de referencia,
DISPONGO
Primero
Declarar seleccionados para la implantación a partir del curso 2006-2007 de la enseñanza bilingüe español-inglés a los centros que se relacionan en el Anexo I.
Segundo
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de los demás recursos o reclamaciones que se estime oportuno interponer.
El Consejero de Educación, LUIS PERAL GUERRA
RELACIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS SELECCIONADOS
(03/2.115/06)
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