ORDEN 2193/2001, de 28 de diciembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se convoca la participación de entidades y Centros Colaboradores de la Comunidad de Madrid en la programación anual de cursos del Plan de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2002.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyOrden

El artículo 3, punto 4, del Real Decreto 631/1993 de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, establece que la convocatoria a las entidades y Centros Colaboradores para participar en la correspondiente programación anual de cursos deberá realizarse durante el trimestre anterior al comienzo del ejercicio anual indicando los plazos y términos en que las solicitudes deben presentarse.

El Real Decreto 2534/1998, de 27 de noviembre, traspasó a la Comunidad de Madrid las funciones en materia de gestión de la formación profesional ocupacional que venía realizando el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, y en particular la ejecución del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional. Las competencias y funciones transferidas están actualmente adscritas a la Consejería de Trabajo.

De acuerdo con lo anterior y con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 13 de abril de 1994, modificada posteriormente por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de octubre de 1998, por las que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, la presente convocatoria se dirige según lo dispuesto en los artículos 8.2 y 6, respectivamente, del Real Decreto y órdenes anteriormente citadas, a los centros, instituciones, organizaciones y empresas que soliciten impartir cursos de formación profesional ocupacional como Centros Colaboradores de la Comunidad de Madrid, dirigidos a trabajadores desempleados.

Procede, en función de la normativa expuesta, establecer el procedimiento y plazos de programación de las acciones a incluir en el Plan de Formación e Inserción Profesional para el año 2002 en la Comunidad de Madrid.

Por ello, y en virtud de las competencias atribuidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Primero

Convocar a las entidades y Centros Colaboradores de la Comunidad de Madrid, a fin de que presenten las solicitudes de inclusión de sus cursos en la programación correspondiente al año 2002 del Plan de Formación e Inserción Profesional.

Los cursos solicitados deberán referirse a especialidades formativas homologadas de la nueva ordenación incluidas en el Fichero de Especialidades Formativas que se adjunta como Anexo I, por lo que no podrán solicitarse cursos de las especialidades de la antigua ordenación (cuyo código de identificación está compuesto por dos letras y cuatro dígitos), las cuales causarán baja en el Fichero de Especialidades el día 1 de enero de 2002.

Para el cumplimiento de dicha finalidad, se destinarán créditos presupuestarios previstos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2002 en el Programa 960 y, en su caso, en el correspondiente al año 2003. La eficacia de esta Orden queda condicionada a la existencia de...

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