ORDEN 2977/2002, de 26 de junio, de modificación de la autorización del centro docente privado 'Lázaro', de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Visto el expediente instruido a instancia de doña Ángela Lázaro González, en representación de la titularidad del centro de Educación Infantil denominado 'Lazaro', solicitando modificación de la autorización del centro, por incremento en seis unidades de primer ciclo de Educación Infantil, según lo dispuesto en el artículo 13.1.c) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general.

La Consejería de Educación

HA DISPUESTO

Primero

Modificar, de acuerdo con el artículo 13.1.c) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, la autorización del centro privado de Educación Infantil 'Lázaro', de Madrid, por ampliación de tres unidades de primer ciclo, de modo que queda establecida la configuración definitiva del centro como se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: 'Lázaro'.

Número de código: 28058317.

Titular: 'Guardería Lázaro, Sociedad Limitada'.

Domicilio: Hermanos Gómez, con vuelta a Servando Batanero.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, primer ciclo.

Capacidad: 12 unidades.

El número de alumnos en las unidades de primer ciclo no podrá exceder del resultado de la relación superfice mínima requerida/puesto escolar y de la relación máxima profesor/alumnos -según la edad de los niños escolarizados- que se determinan en los artículos 10.b) y 13.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo

La presente autorización surtirá efecto a partir del curso 2002/2003 y deroga y deja sin efecto todas las anteriores en lo que se le oponga. Su contenido se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero

Antes del inicio de la impartición de las enseñanzas de Educación Infantil, la Dirección del Área Territorial Madrid-Capital, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto

El centro deberá cumplir la Norma Básica de Edificación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR