ORDEN 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios, se establecen las aportaciones económicas de los contratos de gestión de servicios educativos públicos y de los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la ...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 947/2006, de 24 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula el funcionamiento de las Casas de Niños con extensión de servicios, se establecen las aportaciones económicas de los contratos de gestión de servicios educativos públicos y de los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Ayuntamientos e Instituciones, para el funcionamiento de Escuelas de Educación Infantil y Casas de Niños, y se establecen las cuantías correspondientes al año 2006.

El Decreto 88/1986, de 11 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de septiembre), regula los convenios con Ayuntamientos e Instituciones para la atención educativa de la población infantil de cero a cinco años. Al amparo del citado Decreto, la Orden 3936/1998 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), de la Consejería de Educación, regula las bases para la suscripción de convenios con Ayuntamientos para la creación y funcionamiento de centros integrados en la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid. Esta Orden ha sido modificada por la Orden 59/2004, de 8 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de enero). Dichas normas establecen el marco regulador y el régimen de financiación de los centros públicos de primer y segundo ciclo de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid.

La Orden 60/2004, de 8 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo), de la Consejería de Educación, estableció nuevos módulos de financiación aplicables a los contratos de gestión de servicio público y a los convenios de colaboración suscritos entre la Comunidad de Madrid y Ayun-

tamientos para el funcionamiento de Escuelas de Educación Infantil y Casas de Niños. Mediante esta Orden se actualizan las cuantías económicas de los citados módulos de acuerdo al IPC y se regula la transformación de Casas de Niños en Escuelas Infantiles.

Al amparo del citado Decreto 88/1986, procede establecer para el año 2006 los módulos de financiación que regularán la colaboración entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región, así como los contratos de gestión de servicios educativos públicos.

Esta Orden se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto 117/2004, de 29 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, atribuyéndose a esta Consejería la competencia autonómica en materia de enseñanza.

En consecuencia, y a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

DISPONGO

Primero

Ámbito de aplicación

Esta Orden es de aplicación a los convenios formalizados para el funcionamiento de Escuelas de Educación Infantil y Casas de Niños entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región. Será, asimismo, de aplicación a los contratos de gestión de servicios educativos públicos establecidos por la Consejería de Educación y por los Ayuntamientos para el funcionamiento de los citados centros.

Segundo

Módulos de financiación

  1. Para el año 2006 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para las Escuelas de Educación Infantil:

    - Módulo escolaridad-comedor: 55.000 euros aula/año.

    - Módulo horario ampliado: 2.600...

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