Resolución de 30 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede la aprobación de modelo del aparato surtidor/dispensador destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor marca 'Petrotec', modelo Euro GC, fabricado por la empresa 'Petrotec Equipamiento para la Industria ...

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyResolución

Resolución de 30 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede la aprobación de modelo del aparato surtidor/dispensador destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor marca "Petrotec", modelo Euro GC, fabricado por la empresa "Petrotec Equipamiento para la Industria Petrolífera (España), Sociedad Anónima", en la calle Aragoneses, número 11, Polígono Industrial de Alcobendas, 28108 Madrid, con registro de control metrológico número 16-H-044.

Resolución de 30 de noviembre de 2000, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se concede la aprobación de modelo del aparato surtidor/dispensador destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor marca "Petrotec", modelo Euro GC, fabricado por la empresa "Petrotec Assistencia Técnica ao Ramo Petrolífero Lda.", en Portugal, y presentado por "Petrotec Equipamiento para la Industria Petrolífera (España), Sociedad Anónima", sita en la calle Aragoneses, número 11, Polígono Industrial de Alcobendas, 28108 Madrid, con registro de control metrológico número 16-H-044.

Vista la petición interesada por don Mario Augusto Alves Teixeira, en nombre y representación de la Entidad "Petrotec Equipamiento para la Industria Petrolífera (España), Sociedad Anónima", con domicilio social en la calle Aragoneses, número 11, Polígono Industrial de Alcobendas, 28018 Madrid, en solicitud de aprobación de modelo para el aparato surtidor/dispensador destinado al suministro de carburante líquido para vehículos a motor, marca "Petrotec", modelo Euro GC en sus distintas versiones.

Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el Control Metrológico que realiza la Administración del Estado, así como la Orden de 26 de diciembre de 1988 por la que se regula el control de contadores volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus dispositivos complementarios y la Orden de 28 de diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas de medida de líquidos distintos del agua.

Resultando que dicha Entidad ha presentado la documentación exigida en la normativa arriba citada.

Considerando el certificado favorable emitido por el Centro Español de Metrología, con referencia CEM-YC-00/0063-6.4.

Considerando que en la documentación presentada se acredita que cumple con las exigencias generales establecidas en las citadas Órdenes.

Considerando que en la tramitación del expediente se han cumplimentado todos los trámites reglamentarios.

De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el...

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