ORDEN 6478/2006, de 13 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se hace pública la valoración económica de cada punto de los asignados al personal docente e investigador de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid en el procedimiento de concesión para 2006 del Complemento Autonómico por Méritos Individuales regulado en...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 6478/2006, de 13 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se hace pública la valoración económica de cada punto de los asignados al personal docente e investigador de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid en el procedimiento de concesión para 2006 del Complemento Autonómico por Méritos Individuales regulado en la Orden 3029/2006, de 1 de junio, de la Consejería de Educación.

El apartado 4 del artículo 5 de la Orden 3029/2006, de 1 de junio, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de concesión para 2006 del complemento autonómico por méritos individuales del personal docente e investigador de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, establece que la Comunidad de Madrid dispondrá de un plazo de diez días para instar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para notificar a las Universidades la valoración económica de cada punto asignado al personal participante en este procedimiento. Este plazo comienza a contar desde que las Universidades envían a la Dirección General de Universidades e Investigación las modificaciones que, a su juicio y como consecuencia de las impugnaciones recibidas o de las correcciones

que crean oportuno realizar, deban introducirse en los listados provisionales recogidos en el apartado 2 de este mismo artículo.

El apartado 3 del artículo 3 establece que la tasa por punto de méritos se calcula conforme a la siguiente ecuación:

Donde CG=13.000.000 de euros (Crédito Global Disponible para Méritos Individuales), N es el número total de Profesores de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid, y Pi son los puntos de méritos del Profesor "i".

El sumatorio de los puntos obtenido por el conjunto del personal docente e investigador participante en este procedimiento es de 61.812,41 puntos, por lo que en aplicación de la mencionada fórmula, el valor económico de cada punto asciende a 210,31 euros.

El apartado 5 del artículo 5 de la Orden 3029/2006, de 1 de junio, de la Consejería de Educación, establece que, conforme a este valor, los Consejos Sociales de cada una de las Universidades, a propuesta de su Consejo de Gobierno, aprobarán las cantidades que correspondan a cada uno de los profesores e investigadores afectados, y el apartado 6 de este mismo artículo que, una vez que el Consejo Social apruebe dichas cuantías, mandará el correspondiente certificado a la Dirección General de Universidades e Investigación, que...

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