ORDEN 2679/2005, de 13 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en materia de fondos europeos y política regional comunitaria en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2679/2005, de 13 de diciembre, del Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para la realización de prácticas en materia de fondos europeos y política regional comunitaria en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

Artículo 1

Objeto

Las bases reguladoras que han de regir la convocatoria se aprobaron mediante Orden 2518/2005, de 21 de noviembre, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 283, de 28 de noviembre de 2005).

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de una beca para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos. La duración de la beca de las correspondientes convocatorias tendrá carácter anual, pudiéndose prorrogar por un período máximo de tres años, si el becario acreditase aprovechamiento de la misma y existiera la necesaria dotación económica para ello.

Artículo 2

Contenido de la subvención y gasto subvencionable

El desarrollo de la beca se realizará en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, y más concretamente en la Subdirección General de Fondos Europeos y Política Regional, y consistirá en la investigación, perfeccionamiento y ampliación de los conocimientos técnicos mediante la formación, la realización de estudios monográficos en fondos comunitarios, especialmente en lo referido a la difusión, documentación, programación, seguimiento y evaluación de Fondos Estructurales, de modo y manera que la persona beneficiaria de la beca logre un perfeccionamiento de sus aptitudes en el marco de la Política Regional Comunitaria.

La beca estará dotada con la cantidad de 750 euros mensuales que el beneficiario percibirá por mensualidades vencidas. La cantidad mensual incluirá la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes corporales.

Artículo 3

Financiación

Para el cumplimiento del objeto de esta Orden se destinarán créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006 en el subconcepto 48390 del programa de gastos 103, por importe de 9.000 euros, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Artículo 4

Tipo de procedimiento

El procedimiento de concesión de esta subvención...

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