ORDEN 42/2004, de 20 de enero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se crea un fichero automatizado de datos de carácter personal de las ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejeria de Familia y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN 42/2004, de 20 de enero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se crea un fichero automatizado de datos de carácter personal de las ayudas individuales para el acogimiento familiar de personas mayores.
La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid mediante Orden del Consejero respectivo, regulando su contenido y procedimiento.
Anualmente se convocan ayudas individuales para las personas mayores atendidas en régimen de acogimiento familiar para sufragar los gastos de acogida y asistencia en un hogar, con el fin de evitar la institucionalización y procurar una vida normalizada. El abono de estas ayudas requiere la creación de un fichero informatizado de datos personales en el que se recojan los necesarios para gestionar y controlar el abono mensual de dichas ayudas.
Los datos personales recogidos con este fin serán tratados conforme lo dispuesto en la citada Ley 8/2001 y en elReal Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, implantándose un nivel de seguridad alto, para la consecución de los fines para los que fueron recogidos.
Esta Orden ha sido informada favorablemente por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Creación de ficheros
Se crea el fichero automatizado de carácter personal que se relaciona en el Anexo I de esta Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid.
Entrada en vigor
La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en elBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 20 de enero de 2004.
La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, BEATRIZ ELORRIAGA PISARIK
CREACIÓN DE FICHERO DE AYUDAS INDIVIDUALES PARA EL ACOGIMIENTO FAMILIAR DE PERSONAS MAYORES
Órgano responsable del fichero: Dirección General del...
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