ORDEN 2143/2009, de 2 de junio, por la que se modifica la Orden 210/2006, de 20 de enero, por las que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la agricultura ecológica, la ganadería ecológica y el mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y se procede a efectuar la convocatoria de solicitudes iniciales de participación en el programa durante el año 2009.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Rango de LeyOrden

Mediante Orden 2329/2008, de 31 de diciembre, se aprobó la convocatoria para el año 2009 de las ayudas reguladas en la Orden 210/2006, de 20 de enero, por las que se establecen en la Comunidad de Madrid las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la agricultura ecológica, la ganadería ecológica y el mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), modificadas mediante Orden 4616/2006, de 5 de septiembre. No obstante, esta orden se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de febrero, quedando fuera de plazo la presentación de las solicitudes iniciales de participación en el programa de ayudas, reguladas en los artículos 17 y 33 de la Orden 210/2006.

Para permitir presentar solicitudes iniciales de participación en el programa durante el presente ejercicio, se hace necesario modificar el plazo de presentación de las mismas recogidos en la Orden 210/2006, así como efectuar una convocatoria específica para el presente ejercicio.

La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio tiene competencias en la materia, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 7/2007, de 20 de junio, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, y lo dispuesto en el Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, y Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995.

A propuesta de a Dirección General de Medio Ambiente,

DISPONGO

Capítulo I Artículo Único

Modificación de bases

Artículo Único

Modificación de la Orden 210/2006, de 20 de enero, de fomento de la agricultura, y la ganadería ecológica y a utilización en la producción animal de razas autóctonas en peligro de extinción.

  1. Objeto de la Orden

    El objeto de la presente Orden es la modificación de los artículos 17 y 33 de la Orden 210/2006, de 20 de enero, para el fomento de la agricultura y ganadería ecológicas y la utilización en la producción animal de razas autóctonas en peligro de extinción, con el objetivo de permitir la presentación de solicitudes iniciales de participación en el programa agroambiental regulado en la mencionada Orden 210/2006, de 20 de enero. A su vez, mediante la misma Orden se convoca plazo de presentación de solicitudes para permitir la presentación de nuevas solicitudes de participación en el programa.

  2. Modificación del artículo 17.1 de las Bases Reguladoras

    Se modifica el artículo 17.1 del las Bases Reguladoras aprobadas mediante Orden 210/2006, de 20 de enero, modificada por Orden modificadas mediante Orden 4616/2006, de 5 de septiembre, quedando redactado de la siguiente manera:

    1. La participación en el presente programa implicará la presentación de una solicitud inicial de ayuda, conforme al modelo del Anexo I de la presente disposición, en el plazo de un mes a partir de la publicación de la respectiva convocatoria.

  3. Modificación del artículo 33.1 de las Bases Reguladoras

    Se modifica el artículo 33.1 del las Bases Reguladoras aprobadas mediante Orden 210/2006, de 20 de enero, quedando redactado de la siguiente manera:

    "1. Para optar a la ayuda, los interesados deberán presentar una solicitud de participación en este programa agroambiental, conforme modelo Anexo I (solicitud inicial), en el plazo de un mes a partir de la publicación de la...

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