ORDEN 39/2006, de 3 de febrero, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el 'Proyecto de Refuerzo de Abastecimiento a Aranjuez y su zona de influencia desde la conducción AlmogueraAlgodor' (expediente de expropiación forzosa número 229. Entidad...

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Justicia e Interior
Rango de LeyOrden

Canal de Isabel II

ORDEN 39/2006, de 3 de febrero, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Refuerzo de Abastecimiento a Aranjuez y su zona de influencia desde la conducción AlmogueraAlgodor" (expediente de expropiación forzosa número 229. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión del día 25 de octubre de 2005, se aprueba definitivamente el Plan Especial del "Proyecto de Refuerzo de Abastecimiento a Aranjuez y su zona de influencia desde la conducción Almoguera-Algodor".

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el correspondiente procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la

Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el "Proyecto de Refuerzo de Abastecimiento a Aranjuez y su zona de influencia desde la conducción Almoguera-Algodor" (expediente de expropiación número 229. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden.

Segundo

La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación a efectos de que sea expuesta en los tablones de anuncios.

Tercero

La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel II, en la calle Santa Engracia, número 125, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de los términos municipales donde se ubiquen las parcelas afectadas.

Durante dicho...

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