ORDEN 2498/2007, de 10 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria anual de subvenciones destinadas a entes locales para la prestación de servicios sociales a las personas mayores para el año 2008.
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejeria de Familia y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 4 de Ley 2/1995, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que las subvenciones que se concedan por la Comunidad de Madrid, lo serán con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, regula, entre otros extremos, los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones y el contenido de las bases reguladoras de estas.
El Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto, recoge, entre otros extremos, el procedimiento que ha de seguirse en la concesión de ayudas y subvenciones públicas por la Comunidad de Madrid.
El artículo 12 del Decreto 2/1990, de 26 de enero, regulador del régimen jurídico aplicable a los conciertos, subvenciones y ayudas en materia de servicios sociales, establece que la “Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Integración Social (hoy Consejería de Familia y Asuntos Sociales) y del Servicio Regional de Bienestar Social podrá, dentro de los límites de los créditos presupuestarios que se habiliten a tal fin y con arreglo a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad, conceder subvenciones a entidades públicas y privadas sin fin de lucro, con objeto de promocionar y fomentar acciones que se consideren de interés para el desarrollo de la política de acción social y servicios sociales. Dichas subvenciones serán objeto de convocatoria anual, y no generarán ningún derecho de continuidad en la asignación de financiación a las entidades destinatarias”.
El Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, que desarrolla parcialmente la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece el contenido que deben tener las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones y ayudas públicas.
La Orden 2348/2005, de 26 de diciembre, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los Entes Locales para la prestación de servicios sociales a las personas mayores.
Para dar cumplimiento a lo establecido, en virtud de las competencias que me confiere la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y a fin de promover las actuaciones de los Entes Locales para la atención a las personas mayores.
DISPONGO
Objeto de la convocatoria
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El objeto de la presente Orden es convocar la concesión de subvenciones a los Entes Locales...
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