ORDEN 4429/2003, de 31 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden 2188/2003, de 23 de abril, y se abre un nuevo plazo para la presentación de candidaturas a la I Convocatoria de premios a la mejora de la calidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 4429/2003, de 31 de julio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden 2188/2003, de 23 de abril, y se abre un nuevo plazo para la presentación de candidaturas a la I Convocatoria de premios a la mejora de la calidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid para facilitar la integración de las Universidades madrileñas en el Espacio Europeo de Educación Superior, ha diseñado un programa que comprende la realización de diversas acciones en el período 2003-2005, entre las que se encuentran las destinadas al establecimiento de redes universitarias que diseñen la adaptación de enseñanzas universitarias oficiales españolas al sistema de créditos europeo, el diseño de estudios de postgrado que incluyan Universidades de países miembros de la Unión Europea y la promoción de acciones conjuntas de evaluación y análisis de la calidad universitaria.

Estas acciones se han plasmado durante el año 2003 en la publicación de tres convocatorias, la tercera de las cuales es la Convocatoria de los I Premios de mejora a la calidad en las Universidades de la Comunidad de Madrid, regulada por Orden 2188/2003, de 23 de abril, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de mayo.

Por otro lado, la Agencia de Calidad, Acreditación y Prospectiva de las Universidades de Madrid, tiene como finalidad, según establece su Ley de creación (Ley 15/2002, de 27 de diciembre) promover la mejora de la calidad de la docencia, de la investigación y de la gestión, así como aumentar la eficiencia del sistema universitario de la Comunidad de Madrid, finalidad coincidente con los objetivos que se quieren alcanzar con la Convocatoria de estos Premios. Sin embargo, el Jurado previsto en la Base Quinta de la Convocatoria de Premios no tiene en cuenta la presencia en el mismo de ningún miembro o experto a la Agencia, lo cual se justifica porque en el momento de la tramitación de la Convocatoria no se había completado el nombramiento de los órganos rectores de la Agencia, que ha concluido con el reciente nombramiento mediante Orden 3003/2003, de 3 de junio, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de junio, de los vocales del Comité de Dirección. Por ello, parece adecuado modificar la referida Convocatoria de Premios para que esta Agencia contribuya a seleccionar las candidaturas, incluyendo alguno de sus miembros o expertos en el Jurado.

Esta modificación no requiere necesariamente la apertura...

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