DECRETO 108/2004, de 8 de julio de 2004, por el que se aprueba el Plan de Vivienda Protegida denominado Plan de Vivienda Joven.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 108/2004, de 8 de julio de 2004, por el que se aprueba el Plan de Vivienda Protegida denominado Plan de Vivienda Joven.

La situación de la vivienda en la Comunidad de Madrid se caracteriza por la escasez de un parque de vivienda con protección pública en régimen de arrendamiento. Esta situación resulta problemática de cara a resolver las necesidades de movilidad interior de la población, en relación con la propia dinámica del mercado laboral, así como en relación con los procesos demográficos de creación de nuevos hogares, al tener como consecuencia el que la edad de emancipación de nuestros jóvenes se haya retrasado considerablemente.

A ello hay que añadir el significativo incremento de los precios de la vivienda libre en los últimos años, que ha repercutido indudablemente en un alza de los precios de alquiler de la misma. La escasa oferta de viviendas en alquiler y sus elevados precios ha supuesto que amplios grupos de población con niveles medios y bajos de ingresos, y muy especialmente los jóvenes, se han ido encontrando cada vez más en peores condiciones para acceder a viviendas en arrendamiento a precios moderados.

En estas condiciones, es necesario aprobar el Plan de Vivienda Protegida denominado Plan de Vivienda Joven. El plan incluye medidas de choque que contribuyen a facilitar el acceso en alquiler a los grupos de población con menor nivel de ingresos, fomentando la promoción de la vivienda protegida para arrendamiento con un derecho de opción de compra sobre la misma a favor del inquilino. Al respecto, dentro del marco temporal señalado por el Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actuaciones protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, mediante la presente norma se establece la exigencia de que en la promoción de Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento un determinado número de ellas deban arrendarse a jóvenes con un derecho de opción de compra sobre la vivienda, lo que indudablemente constituye un claro avance en la consecución del objetivo de facilitar el acceso a la vivienda sobre todo a dicho colectivo. Las condiciones en las que habrá de ejercerse la opción permitirán una planificación de la adquisición a unas mejores condiciones que las ofrecidas por el actual mercado inmobiliario, derivadas de la limitación del precio de renta a pagar durante la vigencia del contrato de alquiler, de la limitación del precio final de compra y de las ayudas económicas ofrecidas al inquilino en el momento del ejercicio de la opción.

Finalmente, la obligatoriedad de que al menos la mitad de las viviendas protegidas para arrendamiento se destinen a jóvenes con opción de compra se hace extensiva al Instituto de la Vivienda de Madrid, quedando exceptuadas aquellas promociones que pueda desarrollar bajo la tipología de protección oficial de régimen especial y vivienda de integración social.

En su virtud, cumplimentados los trámites para la elaboración de reglamentos, oído el Consejo Económico y Social y de acuerdo con el Consejo de Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de julio de 2004,

DISPONGO

Artículo único

Se modifican los preceptos del Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actuaciones protegidas en materia de vivienda y su régimen...

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