Estructura orgánica– Decreto 120/2014, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 116/2014, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Economía y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
Mediante Decreto 116/2014, 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, con el fin de alcanzar una mayor eficiencia y coordinación en el ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería.
Mediante el presente Decreto se procede a la determinación de la estructura de las nuevas Direcciones Generales de Economía y Política Financiera, y de Contratación y Patrimonio. Asimismo, se especifica que la Subdirección General de Valoraciones de la Dirección General de Contratación y Patrimonio ejerce las funciones en materia de valoración con el carácter de Administración Tributaria.
En su virtud, de conformidad con los artículos 21 y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 16 de octubre de 2014,
DISPONE
Modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda
Se modifican los apartados 3y4del artículo único del Decreto 116/2014, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.
Uno. El apartado 3 del artículo único queda redactado en los siguientes términos: "La Dirección General de Economía y Política Financiera asume las competencias de la antigua Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica en el ámbito de la política económica y de la actividad estadística, y de la antigua Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio en materia de política financiera y tesorería.
La Dirección General de Economía y Política Financiera se estructura en las siguientes Subdirecciones Generales:
- Subdirección General de Estudios Económicos. - Subdirección General de Política Financiera. - Subdirección General de Tesorería".
Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo único, que queda redactado en los siguientes términos:
"4. La Dirección General de Contratación y Patrimonio asume las competencias de la antigua Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio en materia de patrimonio y contratación pública, y las funciones en materia de valoración ejercidas por la Subdirección General de Valoraciones de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego. A...
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