ORDEN 1276/2003, de 31 de julio, por la que se convoca la edición del Premio de Artes Plásticas Comunidad de Madrid 2003.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN 1276/2003, de 31 de julio, por la que se convoca la edición del Premio de Artes Plásticas Comunidad de Madrid 2003.

En cumplimiento de las funciones de fomento de la cultura que tiene atribuidas estatutariamente la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejería de Las Artes la promoción de actividades culturales, entre las que se incluyen las artes plásticas, así como el impulso y creación de colecciones de titularidad autonómica.

En el ejercicio de estas funciones, la Consejería de Las Artes desea establecer una convocatoria de apoyo a las artes plásticas contemporáneas a través de premios. Con esta convocatoria la Consejería de Las Artes pretende contrastar el trabajo de artistas y contribuir a la promoción de sus creaciones.

Por todo lo expuesto anteriormente, de conformidad con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, y el Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y finalidad de la Orden

  1. El objeto de la presente Orden es apoyar la realización de proyectos de creación en el campo de las artes plásticas, para lo que se convoca un Premio que otorgará la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas en el año 2003. Este Premio permitirá contrastar el trabajo y recompensar la actividad creadora de artistas plásticos a la vez que posibilitará dar a conocer sus creaciones.

  2. Se premiarán proyectos de artes plásticas, entendiéndose por éstas la pintura, el dibujo, el cómic, el grabado, la escultura, las técnicas mixtas, la fotografía, las instalaciones y las técnicas multimedia. Las obras serán de tema y técnica de libre elección.

Artículo 2

Proyectos

  1. Los proyectos que se presenten a este certamen no podrán haber sido premiados con anterioridad y deberán ser inéditos.

  2. Cada artista o colectivo podrá participar con un solo proyecto.

Artículo 3

Premios

  1. No se establecerán modalidades, pudiéndose presentar trabajos de cualquiera de los campos de la creación plástica mencionados en el apartado 2 del artículo anterior.

  2. La cuantía total de la convocatoria será de 90.000 euros. La Consejera de Las Artes, a propuesta del Jurado, concederá un máximo de diez Premios de 9.000 euros cada uno, que podrán ser declarados desiertos.

  3. Los Premios en metálico estarán sujetos a los impuestos y retenciones según la Ley, salvo exención concedida por el órgano competente de la Administración Tributaria.

Artículo 4

Aplicación presupuestaria

El gasto derivado de las actuaciones que contempla la presente Orden se aplicará a la partida 47390 del programa 802, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2003, adscrito a la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Artículo 5

Solicitantes

  1. Podrán concurrir a este certamen, individualmente o como colectivo, artistas residentes en la Comunidad de Madrid con anterioridad al 1 de enero de 2001.

  2. No podrán obtener cuantía económica alguna aquellos solicitantes que tengan deudas con la Hacienda Autonómica en período ejecutivo, salvo que estuviesen debidamente garantizadas, de conformidad con el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

  3. Los solicitantes deberán mantener los requisitos indicados en los apartados anteriores durante todo el período de realización del proyecto premiado.

Artículo 6

Modificación del Anexo I del Decreto 175/2002

El procedimiento "Convocatoria del Premio de Artes Plásticas Comunidad de Madrid" queda incorporado como procedimiento número 19 de la Consejería de Las Artes al Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto por el artículo 10.1 del mencionado Decreto.

Artículo 7

Solicitudes y documentación

  1. Las solicitudes, formuladas según los modelos recogidos en el Anexo de la presente Orden, se presentarán en el registro de la Consejería de Las Artes, calle Caballero de Gracia, número 32, 28014 Madrid, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, las solicitudes podrán ser presentadas en cualquier Registro de la Comunidad de Madrid, o en los Ayuntamientos que han firmado convenio con la Comunidad de Madrid a tal efecto.

    Asimismo, de acuerdo con el Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas de la Administración de la Comunidad de Madrid, podrán enviarse las solicitudes, sin documentación adjunta, que están a disposición de los interesados en la página web de la Comunidad de Madrid madrid.org, en el Portal de Información y Gestión "012 - Gestiona tú mismo", una vez cumplimentadas, por vía telemática, mediante la utilización de la firma electrónica, cuyo certificado puede solicitarse asimismo en el Portal de Información y Gestión de la página web madrid.org. La documentación adjunta deberá presentarse en los lugares indicados en el párrafo primero de este apartado.

  2. A las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR