Orden 348/2008, de 28 de mayo, del Consejero de Sanidad de Extinción del Instituto de Salud Pública.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Mayo de 2008
SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

El Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, previó, en su disposición adicional tercera, la extinción del Instituto de Salud Pública.

No obstante, dicha extinción y los efectos derivados de la misma, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del citado Decreto, queda demorada en el tiempo hasta la aprobación de las modificaciones de crédito y de plantilla, y de las demás operaciones sobre los presupuestos que procedan, así como hasta la adecuación de las estructuras, orgánica y presupuestaria, a la nueva organización administrativa derivada de la reestructuración operada por el precitado Decreto 22/2008, de 3 de abril, y por el Decreto 23/2008, de esa misma fecha, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud.

En consecuencia, una vez llevadas a cabo las oportunas operaciones presupuestarias por la Consejería de Hacienda, así como las adecuaciones precisas a que se refiere la disposición transitoria tercera del Decreto 22/2008, de 3 de abril, procede declarar el momento efectivo de extinción del Instituto de Salud Pública.

En su virtud, y en uso de la habilitación contenida en el punto 2 de la disposición adicional tercera del Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad,

DISPONGO

Primero

Extinción del Instituto de Salud Pública

El Instituto de Salud Pública quedará extinguido el día 31 de mayo de 2008.

Segundo

Traspaso de las funciones y servicios

Las funciones y servicios que venía realizando el Instituto de Salud Pública quedan traspasados a la Consejería de Sanidad y al Servicio Madrileño de Salud, de conformidad con el reparto material de competencias establecido en el Decreto 22/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y el Decreto 23/2008, de 3 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud.

Tercero

Traspaso de los bienes, derechos y obligaciones

El conjunto de bienes, derechos y obligaciones resultantes de la extinción se integrarán, bien en la Consejería de Sanidad, bien en el Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con dicho reparto competencial.

A tal efecto y sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de formular las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2008, por el Instituto...

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