ORDEN 2777/2005, de 23 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se convoca la XVII edición de "Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía" de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

ORDEN 2777/2005, de 23 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se convoca la XVII edición de "Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía" de la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid convoca la decimoséptima edición de "Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía" con el fin de propiciar el acceso a la vida profesional de los nuevos creadores.

Los objetivos que persigue son los siguientes:

Favorecer la divulgación de su obra.

Facilitar la promoción de los jóvenes artistas mostrando públicamente sus creaciones.

Organizar una muestra en diversos espacios nacionales y/o internacionales, con las obras seleccionadas por un jurado.

Editar un catálogo de la exposición para dar a conocer las obras de los artistas seleccionados.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Director General de Juventud y en virtud de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo primero

Convocatoria

Con el fin de promocionar la obra de jóvenes artistas, y al objeto de propiciar el acceso a la vida profesional de los nuevos creadores, se convoca la decimoséptima edición de "Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía".

La convocatoria de "Circuitos de Artes Plásticas y Fotografía", en régimen de concurrencia competitiva, se regirá por las bases contenidas en el Anexo I de esta Orden.

Artículo segundo

Dotación económica

La Dirección General de Juventud concederá a los artistas seleccionados una ayuda económica para los gastos de producción de la obra, que se tramitará con cargo a la Partida 48390 del Programa 525, del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid. La cuantía global de las ayudas concedidas tendrá un importe máximo de 12.000 euros.

Artículo tercero

Requisitos generales

  1. Los requisitos de los solicitantes, los documentos que deban acompañarse a las solicitudes y su forma de acreditación se ajustarán a lo dispuesto en las Bases Primera y Cuarta recogidas en el Anexo I de la presente Orden.

  2. La instrucción y resolución del procedimiento se realizará por los órganos y de conformidad con los criterios expresados en la Base Sexta del Anexo I de la presente Orden.

  3. El plazo de presentación de la documentación será desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta el 17 de junio de 2005.

  4. La publicación, en los términos de los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de...

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