ORDEN 35/2008, de 31 de enero, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen las bases del "Concurso de Fotografía FOTOCAM", y se convoca su primera edición.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia Primera y Portavocia del Gobierno
Rango de LeyOrden

Por la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid se considera conveniente la convocatoria de un concurso de fotografía que refleje la realidad política, social y cultural de la Comunidad de Madrid así como de sus ciudadanos.

A fin de facilitar y divulgar el conocimiento que se tiene de los diversos aspectos de la vida actual en la Comunidad de Madrid, podrá llevarse a cabo la exposición de las obras fotográficas presentadas.

A tal fin, se han elaborado las bases que regulan el concurso dirigido a los profesionales fotógrafos de los medios de comunicación que deseen participar.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 40/2007, de 28 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, en el que se atribuye a la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno la competencia en materia de medios de comunicación y demás disposiciones aplicables,

DISPONGO

Capítulo I Artículo Único

Bases

Artículo Único

Aprobación de las bases

Se aprueban las siguientes bases por las que se han de regir las sucesivas convocatorias de las ediciones del Concurso de Fotografía FOTOCAM.

Primera

Objeto

El concurso de fotografía está destinado a distinguir entre los trabajos presentados, la fotografía que mejor refleje la realidad política, social y cultural de la Comunidad de Madrid, así como de sus ciudadanos.

Segunda

Participantes

Podrán participar aquellas personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Ser profesional de los medios de comunicación y autor material de las fotografías a presentar, realizadas para un medio de comunicación, hayan sido o no publicadas las mismas en soporte impreso, digital, electrónico o audiovisual.

Tercera

Premio

La cuantía y modalidades del premio se determinarán en cada convocatoria.

Cuarta

Solicitudes y documentación

  1.   Las solicitudes se presentarán, según el modelo que se adjunta como Anexo I a esta Orden, preferentemente en el Registro de la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno (calle Carretas, número 4, 28012 Madrid), así como en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, en cualquiera de los Registros de la Administración Central, en los Registros de los Ayuntamientos adheridos al Convenio de Ventanilla Única o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  2.   Las solicitudes serán acompañadas de la siguiente documentación:

    — Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residencia.

    — Documentación acreditativa de la vinculación del profesional con los medios de comunicación en los que ha venido prestando servicios, tanto si es por cuenta ajena...

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