ORDEN 512/2008, de 11 de noviembre, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, por la que se conceden subvenciones destinadas a municipios de la Comunidad de Madrid para financiar actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de actividades taurinas.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia y Portavocía del Gobierno
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en la base décima de la Orden 232/2008, de 12 de mayo, de la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a municipios de la Comunidad de Madrid que realicen actuaciones dirigidas al apoyo y fomento de las actividades taurinas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio), y la Orden 272/2008, de 6 de junio, por la que se convocan dichas subvenciones para el año 2008, y vista la propuesta del Consejo de Administración del Centro de Asuntos Taurinos, de fecha 5 de septiembre de 2008, para resolver la concesión de las citadas subvenciones,

DISPONGO

Primero

Conceder subvenciones a favor de los municipios relacionados en el Anexo a la presente Orden, por las cuantías que igualmente se especifican en el mismo.

Segundo

Desestimar la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Ciempozuelos por acreditar un número de habitantes superior al exigido en la base tercera de las bases reguladoras para poder ser beneficiario de estas ayudas.

Tercero

El abono de las subvenciones se realizará conforme determina el apartado octavo de la Orden de convocatoria, previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió, con la aportación, hasta el día 25 de noviembre, del presente ejercicio, de la documentación justificativa siguiente, que se señala en la base undécima de la Orden 232/2008, de 12 de mayo:

  1. Acreditación de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en los términos descritos en la base séptima.

  2. Memoria que contenga el programa, actividades o adquisiciones llevadas a cabo.

  3. Originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas de los gastos realizados o de los documentos de pago justificativos de los gastos realizados.

  4. Certificación en la que conste una relación de todos los gastos producidos en la ejecución de los proyectos, programas, actividades objeto de la concesión firmada por persona legalmente autorizada por la entidad beneficiaria. Dicha certificación señalará que los gastos que se relacionan han sido efectivamente abonados por los Ayuntamientos y se corresponden exclusivamente con los producidos en el desarrollo de los citados proyectos o actividades, indicando en esa relación el número de factura o recibí del gasto, el concepto...

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