Convocatoria evaluación competencias profesionales– Resolución de 23 de mayo de 2014, del Director General de Estrategia y Fomento de Empleo, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral en la cualificación profesional de servicios para el control de plagas, al amparo del convenio entre la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura y las asociaciones ANECPLA, AESAM y AMED, para los trabajadores de las empresas de la Comunidad de Madrid pertenecientes a dichas asociaciones en la fecha de la firma del mencionado convenio

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA
Rango de LeyResolución
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2014Pág. 82 B.O.C.M. Núm. 151
BOCM-20140627-23
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
23 RESOLUCIÓN de 23 de mayo de 2014, del Director General de Estrategia y Fo-
mento de Empleo, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acredi-
tación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia la-
boral en la cualificación profesional de servicios para el control de plagas, al
amparo del convenio entre la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura y las
asociaciones ANECPLA, AESAM y AMED, para los trabajadores de las empre-
sas de la Comunidad de Madrid pertenecientes a dichas asociaciones en la fecha
de la firma del mencionado convenio.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de Cualificaciones Profesionales y Forma-
ción Profesional, establece en su artículo 3.5 que uno de los fines del Sistema Nacional de
Cualificaciones y Formación Profesional es evaluar y acreditar oficialmente la cualifica-
ción profesional, cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición.
La misma Ley, en su artículo 8, apartado 2, dispone que la evaluación y la acreditación
de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación, tendrá como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Pro-
fesionales y se desarrollará siguiendo, en todo caso, criterios que garanticen la fiabilidad,
objetividad y rigor técnico de la evaluación, encomendando al Gobierno la fijación de los
requisitos y procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias, así como
los efectos de las mismas, en su apartado 4.
El desarrollo del mandato contenido en el artículo 8.4 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19
de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, ha tenido lugar mediante el
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesio-
nales adquiridas por experiencia laboral, por el que se establece el procedimiento y los re-
quisitos para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas
por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
El artículo 10.5 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, abre la puerta a la posibi-
lidad de que las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, en cada ám-
bito territorial, puedan solicitar a la administración competente la realización de convoca-
torias específicas para dar respuesta tanto a las necesidades de determinadas empresas,
sectores profesionales y productivos, como las de colectivos con especiales dificultades de
inserción, y/o integración laboral.
De acuerdo con lo anterior, el día 8 de abril de 2014, se ha firmado un Convenio entre
la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, y la Aso-
ciación Nacional de Empresas de Control de Plagas (ANECPLA), la Asociación Empresa-
rial de Sanidad Ambiental de la Comunidad de Madrid (AESAM) y la Asociación Madri-
leña de Empresas de Desinfección (AMED), para el reconocimiento de las competencias
profesionales en el ámbito del Control de Plagas de los trabajadores de las empresas de la
Comunidad de Madrid pertenecientes a dichas Asociaciones.
Por todo ello, y conforme al Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Conseje-
rías de la Comunidad de Madrid, y de las competencias atribuidas por el Decreto 113/2012,
de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura,
RESUELVO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Resolución tiene por objeto convocar, en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, procedimiento específico para la evaluación y acreditación de competencias pro-
fesionales adquiridas a través de la experiencia laboral para los trabajadores de las empre-
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sas de la Comunidad de Madrid pertenecientes a la Asociación Nacional de Empresas de
Control de Plagas (ANECPLA), a la Asociación Empresarial de Sanidad Ambiental de la
Comunidad de Madrid (AESAM) o, a la Asociación Madrileña de Empresas de Desinfec-
ción (AMED), incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio celebrado entre la Comu-
nidad de Madrid, a través de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, y dichas Asocia-
ciones de 8 de abril de 2014.
Artículo 2
Régimen jurídico
El régimen jurídico por el que se rige la presente convocatoria está constituido por la Ley
Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de Cualificaciones y de la Formación Profesional (“Boletín
Oficial del Estado” número 147, de 20 de junio de 2002); el Real Decreto 395/2007, de 23
de marzo, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo
(“Boletín Oficial del Estado” número 87, de 11 de abril de 2007); el Real Decreto 34/2008,
de 18 de enero, por el que se regulan los Certificados de Profesionalidad (“Boletín Oficial del
Estado” número 27, de 31 de enero de 2008); el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de
Reconocimiento de Competencias Profesionales adquiridas por Experiencia Laboral (“Bo-
letín Oficial del Estado” número 205, de 25 de agosto de 2009); el Real Decreto 1536/2011,
de 31 de octubre, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia
profesional Seguridad y Medio Ambiente que se incluyen en el Repertorio Nacional de cer-
tificados de profesionalidad (“Boletín Oficial del Estado” número 295, de 8 de diciembre
de 2011); el Convenio de 8 de abril de 2014, entre la Comunidad de Madrid, a través de la
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, y las entidades ANECPLA, AESAM y AMED
para el reconocimiento de competencias profesionales en el ámbito del control de plagas,
dirigido a trabajadores con carné de aplicador de plaguicidas básico y/o cualificado y per-
tenecientes a empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Bio-
cidas de la Comunidad de Madrid (ROESB); la Orden 3681/2008, de 22 de diciembre, de
la Consejería de Empleo y Mujer, por la que se crea el Registro de Certificados de Profe-
sionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su
acreditación, registro y expedición (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nú-
mero 12, de 15 de enero de 2009), así como, las demás normas que resulten de aplicación.
Artículo 3
Unidades de competencia objeto de evaluación
En la presente convocatoria, son objeto de evaluación las siguientes unidades de com-
petencia:
Cualificación profesional: SEA028_2 Servicios para el Control de Plagas.
Unidades de competencia:
UC0078_2 Preparar y transportar medios y productos para el control de plagas.
UC0079_2 Aplicar medios y productos para el control de plagas.
UC0075_2 Adoptar las medidas de prevención de riesgos laborales en el puesto
de trabajo.
Estas unidades de competencia están incluidas en el Certificado de Profesionali-
dad SEAG0110: Servicios para el control de plagas (Real Decreto 1536/2011, de 31
de octubre, modificado por el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, y por el Real
Decreto 624/2013, de 2 de agosto).
Artículo 4
Requisitos para participar en la convocatoria
Las personas que deseen participar en este procedimiento de evaluación y acreditación
de las competencias profesionales deberán cumplir, a la fecha de publicación de la convo-
catoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los siguientes requisitos:
1. Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia de una de las empresas que
aparecen en la relación del Anexo I de la presente convocatoria, pertenecientes a las Aso-
ciaciones ANECPLA, AESAM o AMED en la fecha de la firma del Convenio celebrado
entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, y
dichas Asociaciones de 8 de abril de 2014.

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