DECRETO 136/2001, de 30 de agosto, del Consejo de Gobierno, sobre establecimiento de un período transitorio para la indicación de precios por unidad de medida en los pequeños comercios y venta ambulante.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española, en su artículo 51, encomienda a los poderes públicos la defensa de los consumidores y usuarios. En cumplimiento de tal mandato constitucional y en el ejercicio de las competencias de desarrollo legislativo, en el marco de la legislación básica del Estado, que el artículo 27.10 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, atribuye a esta Comunidad Autónoma en materia de defensa del consumidor y del usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, las bases y coordinación general de la Sanidad y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en los números 11, 13 y 16 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución, se dictó la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Dicha Ley 11/1998 incluye en su artículo 3 entre los derechos básicos de los consumidores, el derecho a una información correcta sobre los diferentes bienes, productos y servicios, y el derecho a la protección de sus legítimos intereses económicos, sociales, constituyendo la indicación de precios un elemento relevante para garantizar el ejercicio de dichos derechos.

En el ámbito de la Unión Europea, la Directiva 98/6/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero, relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de precios, deroga las Directivas 79/581/CEE y 88/314/CEE y establece la obligación de indicación del precio de venta y el precio de unidad de medida, contribuyendo de esta forma a facilitar las posibilidades de comparación del precio de los productos y, en consecuencia, a inducir una mayor racionalidad en las opciones de compra.

Dicha norma comunitaria ha sido incorporada al ordenamiento jurídico interno por el Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios ("Boletín Oficial del Estado" número 311, de 28 de diciembre de 2000).

La Disposición Transitoria Única del Real Decreto, tratando de alcanzar el necesario equilibrio entre los legítimos intereses afectados por el texto y considerando las necesidades de adaptación de los pequeños comercios al por menor y de los establecimientos de venta ambulante y que la atención individualizada dispensada por éstos garantiza suficientemente la...

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