ORDEN 3081/2001, de 27 de abril, por la que se modifica la Orden 3784/2000, de 6 de junio, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se delegan en los titulares de la Secretaría General Técnica y las Direcciones Generales determinadas atribuciones.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Con el fin de conseguir una mayor eficacia en la gestión económica y en la gestión de ayudas y subvenciones se ha considerado oportuno modificar la Orden 3784/2000, de 6 de junio, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se delegan en los titulares de la Secretaría General Técnica y las Direcciones Generales determinadas atribuciones, incluyendo la delegación del acuerdo de inicio de los procedimientos por reintegro y su resolución, así como las redistribuciones de crédito.

De conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPONGO

Primero

Se modifica el apartado primero letra e) y se añade en el mismo apartado la letra f), en los siguientes términos:

  1. La resolución de los expedientes administrativos de la Consejería, en materia de concesión de ayudas y subvenciones de importe superior a 3.000.000 de pesetas (18.030,36 euros) e inferior a 15.000.000 de pesetas (90.151,82 euros), excepto en los casos en que su normativa específica atribuya la competencia para resolver a otros órganos de la Consejería; los acuerdos de iniciación de todos los procedimientos por reintegro y la resolución de los mismos cuando la cuantía de la devolución sea superior a 1.000.000 de pesetas (6.010,12 euros) e inferior a 3.000.000 de pesetas (18.030,36 euros).

  2. La aprobación de las redistribuciones de crédito, competencia de esta Consejería, correspondientes a los programas presupuestarios adscritos a la misma, de importe superior a 3.000.000 de pesetas (18.030,36 euros) y la elevación a la Consejería de Presidencia y Hacienda de las propuestas relativas a todas las redistribuciones de crédito.

    Segundo

    Se modifican las letras d) y g) del apartado segundo que quedarán redactadas en los siguientes términos:

  3. La resolución de los expedientes administrativos de las Direcciones Generales o Secretaría General Técnica, en materia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR