ORDEN 2624/2002, de 3 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se aprueban las Bases para la participación en el IX Concurso de Pieza Única de Artesanía de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid, y el "Plan de Promoción de la Artesanía Madrileña", contemplan entre sus objetivos la promoción de la artesanía en nuestra región.

Por ello, la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, oído el Consejo Madrileño para la Promoción de la Artesanía Madrileña, a través de la Dirección General de Comercio, procede a la convocatoria del IX Concurso de Pieza Única de Artesanía de la Comunidad de Madrid, como medio de promoción y potenciación de las empresas, talleres y productos artesanos madrileños, que favorece complementariamente el conocimiento y difusión de las técnicas empleadas en la elaboración de dichos productos, así como la innovación en el diseño y en el empleo de nuevos materiales.

En todo caso, los datos de carácter personal incluidos en las solicitudes de los concursantes se tratarán conforme a lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio.

En su virtud,

DISPONGO

Artículo Primero
  1. o Convocar el IX Concurso de Pieza Única de Artesanía de la Comunidad de Madrid, que se regirá por las Bases de Participación incluidas como Anexo I a esta Orden.

  2. o Para el cumplimiento de dicha finalidad se destinarán créditos presupuestarios de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid asignados para este fin de la Partida 79010 del programa 303 "Comercio".

Artículo Segundo

En todo lo no dispuesto en la presente Orden, se estará a lo previsto en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la concesión de subvenciones y ayudas públicas, así como el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid en materia de bases reguladoras de las mismas.

Artículo Tercero

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se extenderá al ejercicio 2002.

Madrid, a 3 de junio de 2002.

El Consejero de Economía e Innovación Tecnológica,

LUIS BLÁZQUEZ

ANEXO I

BASES DE PARTICIPACIÓN

Primera

Participantes, beneficiarios

Podrán participar en el IX Concurso de Pieza Única de Artesanía de la Comunidad de Madrid:

  1. Las personas físicas y empresas artesanas que desarrollen actividades artesanales en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

    Tendrán la consideración de artesanas las actividades de creación, producción, transformación, reparación y restauración de bienes artísticos y de consumo no alimentarios, incluida también la prestación de servicios complementarios a la actividad principal, realizada mediante un proceso en el que la intervención personal constituya un factor decisivo, dando como resultado un producto final individualizado no susceptible de una producción industrial totalmente mecanizada o en grandes series, de acuerdo con el concepto de artesanía de la Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.

    En todo caso, los interesados deberán acreditar sus conocimientos y grado de especialización en la actividad u oficio desarrollado, aportando la documentación que se requiere en la base Quinta, apartado d).

    Segunda

    Pieza Única

    A los efectos de este Concurso se considera Pieza Única, aquella obra artesanal totalmente individualizada (no seriada) y no premiada con anterioridad en ningún concurso regional, nacional y/o internacional.

    Tercera

    Tema

    Los trabajos podrán versar sobre cualquier tema dentro de las diferentes especialidades artesanas incluidas en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid que figura como Anexo II a estas Bases.

    Los trabajos podrán estar realizados en cualquier tipo de materiales.

    Cuarta

    Características de la obra

    4.1. Cada participante podrá presentar al Concurso una sola obra. Cada obra podrá constar de una o más piezas que el autor presente...

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