ORDEN 3990/2002, de 2 de julio, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se aprueba la modificación del artículo 76 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, aprobado por Orden 185/2001, de 18 de octubre.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden 185/2001, de 18 de octubre, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, fue aprobado el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, y en el artículo 8.1.g) del Decreto 253/2000, de 30 de noviembre, que regulan el procedimiento para la modificación del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, ésta mediante escritos presentados el 13 de mayo y 13 de junio

de 2002, solicita la aprobación de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica para la modificación del

artículo 76

del Reglamento de Régimen Interior de la Corporación, aportando certificaciones del Secretario General de la Cámara que incluyen el texto de la propuesta de modificación, así como que dicho acuerdo fue adoptado por el Comité Ejecutivo y Pleno de la Corporación, en sus sesiones celebradas los pasados días 24 y 29 de abril, respectivamente, y 23.

y 27 de mayo, respectivamente.

Dadas las funciones que el artículo 76 del Reglamento de Régimen Interior atribuye a los Vocales Cooperadores, y que un incremento de las mismas por parte de la Cámara justifican elevar el número de Vocales Cooperadores de nueve a veinte, así como que la citada ampliación permitirá la aportación de nuevas iniciativas relacionadas con las competencias de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid mediante la inclusión de personas de reconocido prestigio relacionadas con el comercio, la industria y los servicios, que será de utilidad para esa Institución, en aras de una mejora de los servicios que presta a las empresas madrileñas.

Y, visto el informe favorable de la Dirección General de Comercio,

DISPONGO

Artículo único

Aprobar la modificación, a propuesta del Pleno de la Cámara, del artículo 76 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, en los términos siguientes:

Artículo 76

La Cámara, además de los Vocales Titulares que constituyen el Pleno conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de este Reglamento, también tendrá veinte Vocales Cooperadores, con las funciones que se establecen en este Reglamento, y que serán elegidos por el Pleno entre personas destacadas por su reconocido prestigio, relacionadas con el comercio y la industria de Madrid, o sus servicios...

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