Orden 124/2009, de 16 de marzo, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, en los términos municipales de Rozas de Puerto Real, Pelayos de la Presa y San Martín de Valdeiglesias (expediente de expropiación forzosa número 244. Entidad beneficiaria: Canal de Isabel II).

SecciónD - Anuncios
EmisorVicepresidencia y Portavocía del Gobierno
Rango de LeyOrden

El presente proyecto tiene por objeto el refuerzo y mejora del abastecimiento a los municipios de Rozas de Puerto Real, Cadalso de los Vidrios y Cenicientos, cuya fuente de suministro es el embalse de Los Morales, permaneciendo aislados hidráulicamente del Sistema de Abastecimiento del Canal de Isabel II. En épocas de escasez de lluvias, la reserva hidráulica del embalse de Los Morales no garantiza el suministro de agua a estos municipios, por lo que se hace necesario dotarles de una fuente alternativa de suministro, lo que se lleva a cabo mediante este proyecto, en el que se contempla la instalación de una conducción que conecta el embalse de San Juan con la Estación de Tratamiento de Agua Potable de Rozas de Puerto Real.

La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en informe de 2 de noviembre de 2006, resolvió que la actuación relativa a este proyecto no precisa someterse a ningún procedimiento de impacto ambiental, siempre que se cumplan los condicionantes que se establecen en dicho informe.

El Plan Especial de Infraestructuras del "Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan", se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de Madrid el día 26 de febrero de 2008 y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril de 2008.

La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el oportuno procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo.

La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18,

DISPONGO

Primero

Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el "Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan" (expediente de expropiación número 244. Entidad...

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