ORDEN 9665/2002, de 29 de octubre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula la concesión del símbolo 'Buenas Prácticas' en materia de protección al consumidor.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

En uso de las competencias asumidas por la Comunidad de Madrid para el desarrollo legislativo de la materia de defensa del consumidor, la Ley 11/ 1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid ha creado un marco de representación y participación de todo el tejido social involucrado en el fenómeno del consumo, apoyando decididamente las fórmulas coparticipativas y de diálogo de las asociaciones de consumidores con las organizaciones empresariales y profesionales y fomentando, en este ámbito, el desarrollo de símbolos de calidad empresarial.

El Decreto 152/2002, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección a los Consumidores de la Comunidad de Madrid, dedica el Capítulo III del Título II a desarrollar la regulación de los Códigos de Buenas Prácticas y de los Símbolos de Calidad Empresarial con el fin de promover la autorregulación de los sectores empresariales en la defensa del consumidor, de manera que los propios empresarios se impliquen, a través de compromisos voluntarios y no sólo por imperativo legal, en la protección del consumidor, que en última instancia repercute en su propio beneficio.

El artículo 42 del Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, que establece la posibilidad de que el cumplimiento de los Códigos de Buenas Prácticas vaya ligado a la concesión de un símbolo de calidad empresarial otorgado a las empresas que se adhieran a cada uno de los códigos, determina la necesidad de que el régimen jurídico y el procedimiento de concesión del mismo sea objeto de norma reglamentaria.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere el citado Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

ARTÍCULO 1

Las empresas, los empresarios individuales y los profesionales que radiquen en la Comunidad de Madrid y que se hubiesen adherido a los Códigos de Buenas Prácticas aprobados conforme al procedimiento establecido en el artículo 41 del Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, podrán solicitar la concesión del símbolo de calidad empresarial 'Buenas Prácticas' que se acompaña como Anexo I de la presente Orden.

ARTÍCULO 2

La solicitud de concesión del símbolo de calidad empresarial 'Buenas Prácticas' se ajustará al modelo que se adjunta como Anexo II de la presente Orden.

ARTÍCULO 3
  1. La solicitud irá dirigida a la...

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