Sede judicial electrónica– Orden 2386/2017, de 25 de julio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz de Gobierno, por la que se crea la Sede Judicial Electrónica correspondiente al ámbito territorial de la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyOrden

La Ley 18/2011, de 5 de julio, Reguladora del Uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación en la Administración de Justicia, ha supuesto, tanto para los ciudadanos como para los profesionales del ámbito, el reconocimiento definitivo de la utilización de las tecnologías de la información y comunicación en sus relaciones con la Administración de Justicia, así como de esta, con el resto de Administraciones y organismos públicos.

De acuerdo con lo establecido en el título III, artículo 9, de la mencionada Ley, la Sede Judicial Electrónica se define como una dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de las redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde a cada una de las Administraciones competentes en materia de justicia.

La implantación de la Sede Judicial Electrónica pretende centralizar los procedimientos y servicios que prestan los órganos judiciales, facilitando el acceso a los mismos y creando un espacio en el que ciudadanos, profesionales y Administración de Justicia se relacionen por medios electrónicos con las garantías procesales necesarias

El citado artículo dispone, a su vez, que sean las Administraciones competentes en la materia las que determinen las condiciones e instrumentos de creación de las Sedes Judiciales Electrónicas, que en todo caso se crearán mediante disposición publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Por lo que respecta a la Comunidad de Madrid su Estatuto de Autonomía regula, en el título IV, la organización judicial de la misma.

Con posterioridad, mediante el Real Decreto 600/2002, de 1 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, y el Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de provisión de medios personales y materiales, se produjo el traspaso de competencias a la Comunidad de Madrid en esta materia.

Con la finalidad de regular jurídicamente los Puntos de Acceso Electrónico y Registros Electrónicos de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid, se elabora esta Orden, informada favorablemente, por el Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y la Agencia Española de Protección de Datos

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas en el apartado 3 del artículo 1 del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto la creación de la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad de Madrid, con el fin de que ciudadanos, profesionales y Administración de Justicia se relacionen electrónicamente con las...

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