Resolución de 26 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se requiere a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos.

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Rango de LeyResolución

Habiéndose recibido en esta Dirección General de Medio Ambiente denuncias interpuestas por supuesto abandono de animales, en las que no habiendo sido posible la notificación del requerimiento a los propietarios de los animales para la recogida de los mismos, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo único; indicándose que en el caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, los animales se considerarán abandonados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 44/1991, de 30 de mayo, de Protección de Animales y Plantas (Reglamento de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos), y se procederá a la tramitación del correspondiente expediente sancionador, estando considerado el abandono de animales como una infracción muy grave.

Madrid, a 26 de diciembre de 2008.-El Director General de Medio Ambiente (PDF, Resolución de 27 de agosto de 2008), el Subdirector General de Agricultura y Alimentación, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

Imputado. - Último domicilio conocido. - Municipio. - Número de expediente. - Identificación del animal y dirección del Centro de Acogida donde se encuentra el animal. - Presunta infracción. - Órgano competente para imponer la sanción y norma que le atribuye tal competencia

Rafael Tomasz Pietras. - Calle Marqués Alonso Martínez, número 6, sexto D, Alcalá de Henares (Madrid). - 04/PA-625/08. - Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 348098100013461, de su propiedad, en el Centro APAP-Alcalá, ubicado en la carretera de Daganzo, kilómetro 5,1 (finca "La Peruana"), de Alcalá de Henares (Madrid) . - En caso de no recuperar el animal en un plazo de diecinueve días, se considerará abandono y se tramitará expediente sancionador, siendo considerada una infracción muy grave. - Consejo de Gobierno, artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos.

Stefka Simeonova Mladenova. - Calle Perfecto, número 20, pta. 1, Valencia. - 04/PA-611/08. - Depositado un animal de la especie canina, identificado con el código 941000002534529, de su propiedad, en Mancomunidad Henares-Jarama, ubicado en la plaza del...

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