Colegios públicos– Decreto 132/2011, de 14 de julio, del Consejo de Gobierno, de Creación y Reorganización de colegios de Educación Infantil y Primaria para el curso escolar 2011-2012, en los municipios de Madrid, Alcorcón, Batres, Leganés, Móstoles, Parla y Valdemoro

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

Reorganización de colegios de Educación Infantil y Primaria para el curso escolar 2011-2012, en los municipios de Madrid, Alcorcón, Batres, Leganés, Móstoles, Parla y Valdemoro.

La Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, establece en su artículo 29, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades.

La demanda de puestos escolares que se viene produciendo en determinadas localidades o barrios, como consecuencia del aumento de población escolar, hace necesario que la Administración Educativa lleve a cabo la construcción y puesta en funcionamiento de nuevos colegios de Educación Infantil y Primaria que permitan incrementar la oferta educativa en aquellos lugares donde se produzca tal demanda.

Asimismo, y con el objetivo de lograr una mejora en el aprovechamiento y eficacia en el uso de los recursos disponibles, se procede a la integración de colegios situados en zonas donde la planificación educativa así lo recomienda, garantizando en todo caso los niveles óptimos de calidad educativa para la totalidad de los alumnos de dichos centros, y liberando así instalaciones que permitirán ampliar la oferta educativa para otro tipo de alumnado.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y el artículo 2 del Real Decreto 82/1996, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y los colegios de Educación Primaria, la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su reunión de 14 de julio de 2011,

DISPONGO

Primero

Creación de centros

1. Se crea el colegio de Educación Infantil y Primaria "Cortes de Cádiz", código 28072995, situado en la avenida Niceto Alcalá Zamora, sin número, con vuelta a la calle Isabel de Valois, PAU de Sanchinarro, distrito municipal de Hortaleza, en la localidad de Madrid. 2. Se crea el colegio de Educación Infantil y...

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