ORDEN 1300/2002, de 29 de abril, del Consejero de Trabajo, por la que se modifica la Orden 2199/2001, de 28 de diciembre, por la que se regulan subvenciones para formación continua de trabajadores de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyOrden

Por Ley 5/2001, de 3 de julio, se creó el Servicio Regional de Empleo adscrito a la Consejería de Trabajo, con el fin, entre otros, de realizar todas aquellas actividades de formación para el empleo en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, estando previsto en su Disposición Transitoria Única que hasta la aprobación de la estructura orgánica del mismo, las competencias que resultasen afectadas por su Ley de creación se seguirían ejerciendo por los órganos que las tenían asignadas.

Con fecha 15 de enero de 2002, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la

Orden 2199/2001, de 28 de diciembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se regulan subvenciones para formación continua de trabajadores de la Comunidad de Madrid. En esta Orden se designaba como órgano instructor a la Dirección General de Empleo, al tener la misma atribuida la función de fomento de la formación ocupacional y continua, conforme a lo establecido en el artículo 9, apartado j), del Decreto 254/2001, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo.

Una vez publicado el Decreto 284/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprobaba la estructura del Servicio Regional de Empleo, el anterior apartado j), del artículo 9, fue suprimido, al asumir dicho Servicio Regional las competencias en materia de formación y empleo, de acuerdo a lo establecido en su Ley de creación.

Por tanto, una vez que el Servicio Regional, conforme a los acuerdo adoptados en su Consejo de Administración y a las previsiones normativas, ha iniciado sus actividades en el presente año, le corresponde asumir progresivamente la gestión de las actuaciones de formación anteriormente atribuidas a la Dirección General de Empleo, incluyendo la gestión de los fondos cofinanciados por el Fondo Social Europeo, Programa Operativo Objetivo 3 (2000-2006), con una tasa de cofinanciación del 45 por 100.

Por lo anterior, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero

Todas las referencias que en la Orden 2199/2001, de 28 de diciembre, de la Consejería de Trabajo, por la que se regulan subvenciones para formación continua de trabajadores de la Comunidad de Madrid, se realizan a la Dirección General de Empleo y al Consejero de Trabajo, se entenderá referidas a los órganos competentes del Servicio Regional de Empleo.

Segundo

Modificar el artículo 2, apartado 2, de la Orden 2199/2001, de 28 de diciembre, que...

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