Regulación elección órganos de gobierno– Orden 3884/2015, de 23 de diciembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 48/2012, de 17 de enero, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se regula la elección de los órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

Deporte, por la que se modifica la Orden 48/2012, de 17 de enero, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se regula la elección de los órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

La Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, establece que las entidades deportivas, entre las cuales están las Federaciones Deportivas, deberán regular su estructura interna y funcionamiento de acuerdo con principios democráticos y representativos.

Según con lo dispuesto en el artículo 36.f) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, bajo la coordinación y tutela del órgano competente de la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid, ejercerán, entre otras, la función de velar por el cumplimiento de las normas de régimen electoral en los procesos de elección de sus órganos representativos y de gobierno, así como de los demás derechos y obligaciones derivados del cumplimiento de sus respectivos estatutos.

Asimismo, el artículo 58 establece que las entidades que integran la organización deportiva privada de la Comunidad de Madrid se regirán en materia electoral por lo establecido en la propia Ley y en sus normas de desarrollo y por lo que, de acuerdo con ellas, se disponga en sus propios estatutos o reglamentos.

En desarrollo de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre; el Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, estableció que el sistema de elección de los órganos de gobierno y representación federativos se llevaría a cabo cada cuatro años, coincidiendo con los años en los que tengan lugar los Juegos Olímpicos de Verano, mediante sufragio libre, igual directo y secreto.

Por otro lado, el artículo 11.1.e) del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, determina que corresponde a la Administración Deportiva la coordinación y tutela del ejercicio de las funciones públicas delegadas en las Federaciones Deportivas.

En este sentido, se aprobó la Orden 48/2012, de 17 de enero, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se regula la elección de los órganos de gobierno y representación de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

La experiencia acumulada desde la entrada en vigor de la Orden...

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