DECRETO 84/2006, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 47/1996, de 28 de marzo, por el que se regula la habilitación y actividad de guía de turismo en la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 84/2006, de 26 de octubre, por el que se modifica el Decreto 47/1996, de 28 de marzo, por el que se regula la habilitación y actividad de guía de turismo en la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid aprobado por Ley 3/1983, de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de Promoción y Ordenación del Turismo en su ámbito territorial.

El Real Decreto 697/1984, de 25 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de turismo, incluye en su Anexo I, apartado B), las funciones y servicios del Estado que asume la Comunidad Autónoma. Entre dichas funciones y servicios figuran la regulación, coordinación y fomento de las profesiones turísticas.

La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación de Turismo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 16 define las profesiones turísticas como aquellas que requieren para su ejercicio la posesión de la correspondiente habilitación y suponen el ejercicio retribuido de actividades de información, asistencia, acompañamiento u otras similares, regulando el Decreto 47/1996, de 28 de marzo, de forma concreta la habilitación y actividad de Guía de Turismo de la Comunidad de Madrid.

Teniendo en cuenta que el turismo es un fenómeno social de intercambio entre las culturas más diversas, la profesión de Guía de Turismo ejerce un papel fundamental como canal conductor y transmisor del patrimonio histórico-cultural de nuestra región.

Por otra parte, en el seno del Acuerdo General para la liberalización de servicios a nivel mundial (GATS) se ha venido planteando, fundamentalmente a instancias de Japón, Brasil, Corea y otros países, la liberalización de la prestación del servicio de los guías de turismo, ya que se están encontrando con serias dificultades en la prestación de estos servicios en algunos países de la Unión Europea. Esta pretensión se concreta en la solicitud de remoción del requisito de nacionalidad para el ejercicio de la actividad.

La evolución de la actividad turística en la Comunidad de Madrid está mostrando en su última etapa un profundo cambio en los flujos de turistas y visitantes, incrementándose progresivamente el número de aquellos que proceden de mercados transoceánicos, el Medio y Lejano Oriente y muy especialmente de China y Japón.

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