Reglamento Consejo de Estudiantes– Decreto 58/2017, de 30 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de funciones y organización interna del Consejo de Estudiantes Interuniversitario
Sección | A - Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE |
Rango de Ley | Reglamento |
La Constitución española reconoce en su artículo 27 el derecho a la participación efectiva de todos los sectores afectados en la programación general de la enseñanza y el derecho de los alumnos a intervenir en el control y gestión de las instituciones del sistema educativo financiadas con fondos públicos.
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, recoge este derecho y lo desarrolla mediante la garantía de la participación de los estudiantes a través del Estatuto del Estudiante y la constitución de un Consejo del Estudiante Universitario de ámbito estatal de acuerdo con el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.
La Orden 2222/2002, de 20 de mayo, de la Consejería de Educación creó el Consejo de Estudiantes Universitarios de la Comunidad de Madrid, como órgano colegiado y de carácter consultivo en materia de política universitaria. Estuvo vigente hasta su supresión por la Ley 9/2010 de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, la cual, en su artículo 25 y el Anexo que le acompaña, procedió a la supresión del citado órgano colegiado.
La Comunidad de Madrid, que cuenta con el mayor número de estudiantes y centros universitarios de España, ha querido también garantizar el derecho de los estudiantes, protagonistas de la actividad universitaria, a participar en la política universitaria y en la gestión de la educación superior mediante la creación de un Consejo Interuniversitario, donde se impulsará el respeto al principio de paridad entre hombres y mujeres, así como la participación de estudiantes con discapacidad y se promoverán los principios de no discriminación y de respeto a la orientación sexual, la identidad o expresión de género.
Por este motivo, la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas crea en su artículo 7 el Consejo de Estudiantes Interuniversitario como órgano de deliberación, consulta y participación en materia de política universitaria de los estudiantes universitarios madrileños.
Asimismo, la Ley prevé que el Consejo estará vinculado a la Consejería competente en materia universitaria, presidido por el Consejero, y que contará con representación de todas las universidades en función de su número de estudiantes, remitiendo a un reglamento la regulación de sus funciones y organización interna.
Mediante el presente decreto se da cumplimiento al mandato de aprobación de dicho reglamento.
Para la elaboración de este decreto, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ha dado audiencia a los ciudadanos a través de las organizaciones y asociaciones que los representan y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición y, en consecuencia, se ha dado traslado del texto del proyecto a las representaciones de estudiantes de las universidades públicas y privadas de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, se han solicitado los preceptivos informes a las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías, se ha emitido informe por la Secretaría General Técnica de la Consejería proponente y se ha recabado informe del Consejo Universitario y de la Abogacía General, así como de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
El artículo 29, apartado primero, de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid atribuye a ésta la competencia para el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
De conformidad con el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del presente decreto.
Por su parte, el Decreto 100/2016, de 18 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, atribuye a ésta, a través de la Dirección General de Universidades e Investigación, las funciones relativas a la enseñanza universitaria en aplicación de la legislación vigente en materia de universidades.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, y de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid y previa deliberación del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Aprobación del Reglamento de funciones y organización interna del Consejo de Estudiantes Interuniversitario
Se aprueba el Reglamento de funciones y organización interna del Consejo de Estudiantes Interuniversitario, cuyo texto se inserta a continuación.
Plazo para la constitución del Consejo de Estudiantes Interuniversitario
Para...
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