ORDEN 650/2004, de 17 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se crea y regula el Registro de Profesionales que actúan en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN 650/2004, de 17 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se crea y regula el Registro de Profesionales que actúan en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid.

La Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, ha supuesto entre otras importantes novedades la creación de la Agencia "Pedro Laín Entralgo" para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios como entidad de derecho público entre cuyos fines y funciones contempladas en los artículos 116 y 117, destaca la de desarrollar actividades de acreditación de la formación sanitaria. Estas actividades, se encuentran dirigidas a mejorar y adecuar la capacidad profesional a las necesidades de la salud de la población como establece el artículo 113 de la citada norma.

En concreto, el Decreto 139/2002, de 25 de julio, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento de la Agencia "Pedro Laín Entralgo", atribuye en su artículo 10.5.e), al Director General de la misma, la competencia para la resolución de expedientes de certificación y reconocimiento de la capacitación y com

petencia profesional que sea de interés para el Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid.

Por otra parte, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud establece en su artículo 34 que la formación y el desarrollo de la competencia técnica de los profesionales deben orientarse a la mejora de la calidad del Sistema. Asimismo, la creación de este Registro constituirá un valioso elemento de información de la experiencia profesional enmarcado en el objetivo general del Sistema de Información Sanitaria diseñado por el artículo 53 de la citada Ley.

Al hilo de lo expuesto en los párrafos precedentes, se hace precisa la creación de un Registro único de Profesionales que ejerzan su actividad en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid, en el que se inscriban los actos acreditativos de su capacitación y experiencia profesional, lo cual contribuirá al mejor cumplimiento de sus fines por parte de la Agencia "Pedro Laín Entralgo".

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me son conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto y ámbito de aplicación.

  1. El objeto de la presente Orden es la creación y regulación del Registro de Profesionales que actúan en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid, en adelante Registro de Profesionales, en el que se inscribirán, con carácter obligatorio, los actos que acrediten los conocimientos, adiestramientos y experiencia profesional en los respectivos campos de actuación sanitaria de los interesados, adiestramientos y experiencias, susceptibles de certificación o reconocimiento de la capacidad y de la competencia profesional, dentro de la normativa que para cada profesión se desarrolle.

  2. El Registro de Profesionales queda adscrito a la Agencia "Pedro Laín Entralgo"para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid.

  3. Las inscripciones mencionadas en el apartado anterior se referirán a los profesionales que ejercen su actividad en el ámbito sanitario de la Comunidad de Madrid, tengan la condición de profesionales sanitarios o no.

Artículo 2

Actos inscribibles

  1. En el Registro de Profesionales se inscribirán los actos relativos al ejercicio de las...

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