Prescripciones y normas técnicas ascensores– Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, por la que se establecen los parámetros exigibles a los ascensores en las edificaciones para que reúnan la condición de accesibles en el ámbito de la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA
Rango de LeyOrden

I

En el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad de Madrid en el marco constitucional y en su Estatuto de Autonomía, se promulgó la Ley 8/1993, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas. Una Ley, avanzada en su momento, que aunaba los principios de actuación con los parámetros técnicos básicos, con el objeto de garantizar la accesibilidad y el uso de los bienes y servicios a todas aquellas personas que se encontraran en una situación de limitación o movilidad reducida.

Por Decreto 13/2007, de 15 de marzo, se aprobó el Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas que supuso un profundo avance en la determinación de los parámetros y normas técnicas siguiendo los criterios de Diseño Universal introducidos por la Ley Estatal 51/2003, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

Este Reglamento, referente normativo en el ámbito nacional, incluye una serie de conceptos como el itinerario, instalación o servicio adaptados. Concretamente, la Norma 1, itinerario interior, apartado 1.2.2.1, relativo a los ascensores de los edificios, regula los parámetros y normas técnicas que deben cumplir los ascensores adaptados, existentes en los itinerarios interiores adaptados, para garantizar su utilización de forma autónoma, segura y cómoda a las personas con movilidad reducida.

II

En el año 2010, y en desarrollo de las previsiones contenidas en el Real Decreto 505/2007, el Estado aprueba, con carácter de legislación básica, el Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Por el citado Real Decreto 173/2010, se incorpora un nuevo documento básico del Código Técnico de la Edificación, DB SUA 9, relativo a la seguridad y accesibilidad de los edificios, incluidas sus instalaciones, y entre ellas los ascensores.

Se recoge en dicho documento básico el concepto de ascensor accesible, con los parámetros y normas técnicas que debe cumplir, y se hace obligatoria su instalación en los edificios.

En cuanto a los parámetros y normas técnicas, el documento básico hace expresa referencia a una norma técnica...

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