DECRETO 260/2001, de 22 de noviembre, por el que se modifica parcialmente la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció que en cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, en cada empresa se constituirá un servicio de prevención o se concertará dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa.

Dicha Ley define al servicio de prevención como el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus respresentantes y a los órganos de representación especializados.

El Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, estableció la estructura orgánica de la entonces Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, actual Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, tras la modificación de la denominación y estructura de las Consejerías efectuada mediante Decreto 155/2001, de 20 de septiembre. El citado Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, estableció entre las competencias de la Dirección General de Función Pública, la planificación, coordinación, desarrollo y fijación de los sistemas de prevención de riesgos laborales respecto del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

El Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, así como el Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de administración y servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, para los años 2001, 2002 y 2003, han establecido para lograr una mejora en la prevención y salud laboral de los empleados públicos, la constitución de un fondo para dotar adecuadamente en este sentido a la Dirección General de la Función Pública, procediéndose a través de la presente modificación a posibilitar el cumplimiento de dicho objetivo, mediante la creación del Servicio de Prevención.

Es por ello que a través del presente Decreto se procede a la creación del nuevo Servicio de Prevención adscrito a la Dirección General de la Función Pública que asuma las funciones que actualmente tiene encomendadas la Unidad de Prestaciones Asistenciales y Prevención de Riesgos Laborales en materia de planificación, coordinación, desarrollo y fijación de los sistemas de prevención de riesgos laborales respecto del...

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