ORDEN 36/2006, de 16 de marzo, de la Consejería de Inmigración, por la que se resuelve la Orden 4/2006, de 12 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de enero), por la que se convocaba un puesto de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la referida Consejería.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Inmigracion
Rango de LeyOrden

ORDEN 36/2006, de 16 de marzo, de la Consejería de Inmigración, por la que se resuelve la Orden 4/2006, de 12 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de enero), por la que se convocaba un puesto de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la referida Consejería.

Aprobada mediante Orden 4/2006, de 12 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de enero), convocatoria para provisión de un puesto de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la Consejería de Inmigración.

Verificado que el candidato propuesto cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.

En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para proceder a la adjudicación, de conformidad con el artículo 49.2

de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Vista la propuesta de adjudicación del puesto efectuada por esta Consejería y una vez emitido informe favorable por la Consejería de Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo al funcionario que se expresa en el Anexo.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Inmigración, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en...

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