ORDEN de 26 de marzo de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se amplían los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid.

Fecha de publicación27 Marzo 2020

Tras la declaración de la Organización Mundial de la Salud el pasado 11 de marzo de 2020 elevando la situación ocasionada por el COVID-19 de emergencia de salud pública a pandemia internacional, se declaró en España el estado de alarma mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

La Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, estableció la suspensión de todos los plazos administrativos, sin hacer referencia a los procedimientos administrativos tributarios.

El Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, modificó la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, añadiendo un nuevo punto 6 con el siguiente tenor: “La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos a que se hace referencia en el apartado 1 no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias.”

La situación de emergencia generada por la incidencia del COVID-19 ha obligado a adoptar determinadas medidas ordenadas a la prevención y protección de la salud, tanto del personal al servicio de la administración tributaria como de los contribuyentes, en concreto, se ha procedido al cierre de todas las oficinas de atención al público y, salvo para casos muy excepcionales, se ha restringido la circulación de los ciudadanos.

La tramitación de la presente Orden se fundamenta en la necesidad de minimizar los efectos de la adopción de dichas medidas en la prestación de los servicios públicos y en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias por los contribuyentes, ampliando el plazo de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos cuya gestión tiene encomendada la Comunidad de Madrid: el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los Tributos sobre el Juego y los Impuestos propios: Impuesto sobre depósito de residuos e Impuesto sobre instalación de máquinas recreativas en establecimientos de hostelería autorizados.

Por razones graves de interés público derivadas de la situación de emergencia creada por la expansión del Coronavirus, se ha prescindido en su tramitación de los trámites de consulta pública, y audiencia e información pública en los términos previstos en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Gobierno, de...

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