ORDEN 190/2018, de 15 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, en turno restringido, el puesto funcional número 38252, de selección objetiva.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorVICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyOrden

El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid contempla en su artículo 9 el concepto de Puestos Funcionales, los cuales se especifican en el Anexo VI del mismo texto. Ante la necesidad de proveer con carácter definitivo el puesto funcional número 38252, denominado “Coordinador Gestión y Servicios Generales”, se procede a su convocatoria pública.

En consecuencia, esta Consejería

HA DISPUESTO

Primero

Aprobar las bases de convocatoria para proveer en régimen de turno restringido el puesto funcional de selección objetiva número 38252, denominado “Coordinador Gestión y Servicios Generales”.

Segundo

El puesto se encuentra afecto al Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid y adscrito a la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno.

Tercero

A los efectos de provisión, el puesto está clasificado como de selección objetiva, y se proveerá con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Objeto de la convocatoria

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en turno restringido, del puesto funcional relacionado en el Anexo I, con las circunstancias y retribuciones indicadas en el mismo.

1.2. Toda vez que se trata de un puesto funcional, su régimen de desempeño se acomodará a lo prevenido en los artículos 18 y 39 del Convenio Colectivo vigente. En consecuencia, el personal que acceda a este puesto en turno restringido percibirá en concepto de complemento funcional la diferencia existente entre la cuantía de la retribución asignada al puesto y la correspondiente a su categoría profesional, o en su caso, la suma de percepciones consolidadas a título personal, dependiendo la percepción del referido complemento del desempeño del puesto, por lo que no tendrá carácter consolidable, siendo la duración inicial del nombramiento de cuatro años, en los términos indicados en el apartado 3.2 del citado artículo 18 del vigente Convenio Colectivo.

Segunda

Requisitos de los aspirantes

  1. º Ser trabajador de la Comunidad de Madrid con relación jurídico-laboral de carácter indefinida, afecto al Convenio Colectivo para Personal Laboral y en situación de servicio activo.

  2. º Cumplir los requisitos mínimos de titulación y experiencia establecidos en el Anexo I.

  3. º Ostentar categoría profesional comprendida en el Anexo IV del vigente Convenio Colectivo.

  4. º Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en los apartados 1.º y 2.º anteriores, en la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso selectivo. El requisito del apartado 3.º deberá cumplirse con anterioridad a la propuesta que el órgano competente efectuará declarando seleccionado al aspirante.

Tercera

Perfil profesional

Se pretende la selección de personal adecuado al perfil profesional que se recoge en el Anexo I, donde figura la denominación y el contenido del puesto funcional.

Cuarta

Sistema de selección

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR