DECRETO 77/2003, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 77/2003, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

La Comunidad de Madrid, en cumplimiento del principio general de libre circulación de trabajadores reconocido por el artículo 39 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, y de conformidad con lo dispuesto, con carácter básico, en el artículo 1.3 de la Ley estatal 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, adoptó el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la función pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

En el Capítulo II del citado Decreto 230/2001, se establece como criterio general la igualdad en las condiciones de acceso a los empleos públicos de la Administración autonómica entre los españoles y los ciudadanos de los restantes Estados integrantes de la Unión, si bien en su artículo 3.3, y como excepción de este principio, se dispone la reserva a quienes posean la nacionalidad española del ingreso en los Cuerpos, Escalas y Especialidades enumerados en el Anexo del propio Decreto, al implicara pertenencia a los mismos una participación directa o indirecta en el ejercicio del poder público y la asunción de funciones que tiene por objeto la salvaguarda de los intereses de la Comunidad de Madrid.

Ahora bien, con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto 230/2001, de 11 de octubre, han sido aprobadas diversas modificaciones legislativas que han supuesto una variación sustancial en la clasificación de los Cuerpos de funcionarios de la Comunidad de Madrid. En primer lugar, se ha adoptado la Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, en cuyo artículo 6 se establece que el citado Cuerpo tiene la consideración de Policía Administrativa Especial, y que sus integrantes ostentarán el carácter de Agentes de la Autoridad cuando presten servicio en el ejercicio de sus funciones. En segundo lugar, han sido modificados los artículos 34 y 35 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid...

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