ORDEN 3584/2000, de 16 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se modifican las Órdenes 2796/1999, 2797/1999, 2798/1999, 2799/1999, 2800/1999, 2801/1999, 2802/1999, 2803/1999, 2804/1999, 2805/1999, 2806/1999, 2807/1999, de 6 de julio, del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y 395/2000, de 4 de febrero y 1279/2000...

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Transcurrido el período de consolidación en la gestión de ingresos de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid mediante la utilización del modelo genérico 030, se considera oportuno introducir algunos ajustes que, si bien no modifican sustancialmente el sistema actual, sí mejoran el instrumento material que, con motivo de tal gestión, vienen utilizando tanto la Administración como los ciudadanos.

De acuerdo con la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y el Decreto 6/1999, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley.

Vistas las Órdenes 2796/1999, 2797/1999, 2798/1999, 2799/1999, 2800/1999, 2801/1999, 2802/1999, 2803/1999, 2804/1999, 2805/1999, 2806/1999 y 2807/1999, de 6 de julio, del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y 395/2000, de 4 de febrero y 1279/2000, de 22 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, por las que se desarrolla la regulación de las tasas y precios públicos de la Consejería.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas a esta Consejería, y previo informe favorable de la Consejería de Presidencia y Hacienda,

DISPONGO

Artículo único

Modificar el modelo 030 recogido en los Anexos de las Órdenes mencionadas del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y del Consejero de Medio Ambiente, por las que se desarrolla la regulación de las tasas y precios públicos de la Consejería, aprobando a tal efecto el modelo 030 que se contempla en el Anexo de la presente Orden.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

El modelo 030 aprobado por las Órdenes mencionadas, podrá seguir siendo utilizado hasta agotar las disponibilidades existentes.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de agosto de 2000.

El Consejero de Medio Ambiente, PEDRO CALVO

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