DECRETO 115/2008, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 77/2008, de 3 de julio, el Gobierno varió el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. El Decreto 102/2008, de 17 de julio, procedió a modificar parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías, en desarrollo del Decreto 77/2008, con el fin de alcanzar una mayor eficacia y coordinación de la acción de Gobierno, tendiendo hacia un gasto lo más racional posible, y prestando con eficiencia los servicios públicos.

El presente Decreto continúa con esta labor emprendida en el ámbito de la actual Consejería de Economía y Hacienda, sobre los principios de austeridad y economía, reduciendo el número de las Direcciones Generales y trasladando sus competencias a otros centros directivos, sin mermar la máxima eficacia en la acción del Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 24 de julio de 2008,

DISPONGO

Artículo único

Consejería de Economía y Hacienda

  1.   Se suprimen la Dirección General de Innovación Tecnológica, la Dirección General de Economía, la Dirección General de Patrimonio, la Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego, la Dirección General de Análisis Económico y Financiación de Inversiones del Sector Público, y el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

  2.   Se crea la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, que asume las competencias que anteriormente ejercían la Dirección General de Economía, de Innovación Tecnológica, salvo en materia de sociedad de la información y del conocimiento, y el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

  3.   La Dirección General de Presupuestos asume las competencias de la antigua Dirección General de Análisis Económico y Financiación de Inversiones del Sector Público, y pasa a denominarse Dirección General de Presupuestos y Análisis Económico.

  4.   A la Dirección General de Tributos le corresponden además, las competencias de la antigua Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego, y pasa a denominarse Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego.

  5.   La Dirección General de Política...

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