ORDEN 2133/2002, de 13 de mayo, por la que se aprueban las modificaciones de los conciertos educativos de los centros docentes privados y los nuevos accesos al régimen de conciertos para el curso 2002/2003.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Por Orden 10/2001, de 5 de enero, de la Consejería de Educación, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12), que fue complementada por la Orden 7/2002, de 3 de enero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 14), se dictaron las normas que habrían de regir la concesión de los conciertos educativos con centros privados a partir del curso académico 2001/2002, así como las modificaciones que en ellos pudieran producirse durante su período de vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

En este sentido, y sin perjuicio de lo regulado al respecto en cuanto a las enseñanzas obligatorias, la citada Orden 7/2002, de 3 de enero, preveía también expresamente la concesión de accesos al régimen de conciertos para las enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil.

Por tanto, vistos los expedientes de modificación de conciertos educativos, incoados de oficio o a instancia de parte, así como las solicitudes de acceso al régimen de conciertos, y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, así como el número máximo de unidades a concertar en centros privados para el curso 2002/2003 autorizado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de febrero de 2002, esta Consejería

HA DISPUESTO

MODIFICACIÓN DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS

Primero

  1. Aprobar la modificación de los conciertos educativos suscritos por los centros docentes privados que se relacionan en los Anexos I, II y III de esta Orden, en los cuales se expresa el fundamento de la correspondiente Resolución:

    1. Las modificaciones, iniciadas de oficio o a instancia de parte, en Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, se encuentran reflejadas en el Anexo I.

    2. Las modificaciones, iniciadas de oficio o a instancia de parte, en Formación Profesional, se especifican en el Anexo II.

    3. Las modificaciones, iniciadas de oficio o a instancia de parte, en Educación Especial, se detallan en el...

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