DECRETO 101/2002, de 13 de junio, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo, aprobada por el Decreto 254/2001, de 8 de noviembre.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Trabajo
Rango de LeyDecreto

La actual estructura orgánica de la Consejería de Trabajo fue establecida por el Decreto 254/2001, de 8 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2001).

Procede, ahora, modificar dicha regulación, siendo necesario, por un lado, reestructurar la Dirección General de Empleo, como consecuencia de la efectiva integración realizada por el Decreto 284/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Servicio Regional de Empleo, de las Unidades Orgánicas de la Dirección General

de Empleo, cuyas competencias, recursos patrimoniales y personal fueron afectados por el marco competencial que

la Ley 5/2001, de 3 de julio, atribuye al Servicio Regional de Empleo.

Por otro lado, se trata de adaptar la estructura de la Secretaría General Técnica a las necesidades de las diferentes Direcciones Generales que conforman la Consejería de Trabajo, con la tarea fundamental de dar cumplimiento a los objetivos que en materia de trabajo persigue la Comunidad de Madrid, en este sentido se procede a la creación de dos nuevos Servicios denominados Servicios de Recursos y Servicio de Estudios y Análisis.

En su virtud, de conformidad con los artículos 21, apartado u), y 40 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Trabajo y previa deliberación, en su reunión de 13 de junio de 2002,

DISPONGO

Artículo Primero

Se modifica el artículo 6 del Decreto 254/2001, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo, que queda redactado como sigue:

Artículo 6

Estructura de la Secretaría General Técnica

Dependerán de la Secretaría General Técnica, las siguientes unidades con nivel orgánico de Servicio:

- Servicio de Régimen Jurídico y Relaciones Institucionales.

- Servicio de Personal.

- Servicio de Contratación y Asuntos Generales.

- Oficina Presupuestaria.

- Servicios de Recursos.

- Servicio de Estudios y Análisis.

Artículo Segundo

Se modifica el artículo 9 del Decreto 254/2001, de 8 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo, que queda redactado como sigue:

Artículo 9

Atribuciones de la Dirección General de Empleo

Corresponden a la Dirección General de Empleo, sin perjuicio de las competencias previstas en el artículo 47 de...

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